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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2004-R

    Fecha: 13-Ene-2004

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    • amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Jaime Ampuero García
    • 1.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
    • 1.2.2 Informe de las autoridades recurridas
    • a)
    • c)
    • e)
    • f)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • actúan siempre bajo control jurisdiccional
    • III.2.   Formulación de la acusación
    • “Artículo 61º.- (Sorteo de los jueces ciudadanos).
    • Artículo 62º.- (Audiencia de constitución del Tribunal).
    • Fragmento 21
    • III.4.   Ausencia de defensa en juicio.
    • que la valoración y compulsa de la prueba corresponde exclusivamente a los jueces que conocen la causa en sus diferentes instancias, facultad que debe ser ejercida conforme a las reglas de la sana crítica, lo que implica que el Juez de la causa deberá confrontar todas las pruebas producidas, permitir que las partes las contradigan y si es del caso las desvirtúen, y ponderarlas en conjunto, a la luz de su saber técnico específico y su experiencia en el marco de la independencia y autonomía que le reconoce el art. 116-VI de la Constitución
    • III.6.    Interposición del recurso de casación
    • APRUEBA

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