Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0012/2004
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0012/2004

    Fecha: 13-Feb-2004

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.1.1  Hechos que motivan el recurso
    • I.2  Admisión y citaciones
    • I.3  Alegaciones de la parte recurrida
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • debe entenderse que la atribución de ejecutar las sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada a que se refiere el art. 157 inc. B).3. LOJ, se limita a los casos en los que la demanda contencioso-tributaria, en caso de seguirse la vía judicial, se declara probada: en consecuencia, la sentencia con calidad de cosa juzgada que favorece al contribuyente, debe ser ejecutada por la autoridad que la pronunció, es decir por el Juez de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
    • improbada la pretensión del contribuyente
    • b)  Cuando los fallos judiciales ejecutoriados declaran probada la demanda contencioso-tributaria
    • probada en parte la demanda
    • Fragmento 15
    • III.3.
    • dos momentos procesales, de los cuales, el primero abre la competencia para proseguir con el segundo
    • III.4.
    • Fragmento 19
    • vigente desde el 4 de noviembre de 2003
    • FUNDADO

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca