AUTO CONSTITUCIONAL 0515/2005-CA
Fecha: 14-Oct-2005
Materia: Recurso directo o abstracto de
inconstitucionalidad
Recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad interpuesto por Marleny Juana Paredes Villalba, Diputada Nacional, demandando la inconstitucionalidad de la Ley 2640.
ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS
Examinados los antecedentes, la Comisión de Admisión en virtud de la atribución conferida por los art. 31 inc. 2) y 56 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), ha verificado que Marleny Juana Paredes Villalba, Diputada Nacional, presentó el memorial de interposición del recurso sin firma del abogado patrocinante, puesto que si bien se encuentra el sello del mismo, no cuenta con su firma.
En consecuencia, la recurrente debe presentar el memorial debidamente firmado por el abogado que la patrocina.
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de la atribución conferida por el art. 32 de la LTC, dispone que el recurrente en el plazo de diez días, SUBSANE la deficiencia formal observada, bajo conminatoria de tenerse por no presentado el presente recurso.
Al otrosí 1-. Estése a lo dispuesto.
Al otrosí 2.-Se tiene presente.
Al más otrosí.- Téngase por domicilio la Oficina de Notificaciones de este Tribunal.
Regístrese y hágase saber
COMISION DE ADMISION
Dr. José Antonio Rivera Santivañez
MAGISTRADO
Dra. Martha Rojas Álvarez
MAGISTRADA
Dr. Artemio Arias Romano
MAGISTRADO
AUTO CONSTITUCIONAL 0515/2005-CA
Sucre, 14 de octubre de 2005
Expediente: 2005-12548-26-RDI
POR TANTO