Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2141/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2141/2013

    Fecha: 21-Nov-2013

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • Jueza del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, Rommy Peredo Peredo
    • Alejandro Ernesto Ortega Vélez, Fiscal de Materia codemandado
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
    • III.2. De la tutela de la acción de libertad ante una supuesta persecución indebida e ilegal procesamiento
    • La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana
    • la protección que brinda el recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes
    • subsidiariedad
    • es imperioso que las controversias que podrían conllevar a suscitar una acción constitucional, previamente sean resueltas y respondidas en las instancias establecidas en nuestro ordenamiento jurídico
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • 1.  Respecto al Fiscal de Materia demandado, Alejandro Ernesto Ortega Vélez
    • 2.  Respecto a la Jueza del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal, Rommy Peredo Peredo
    • concedido
    • Fragmento 28

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca