AUTO CONSTITUCIONAL 0121/2013-CA
Fecha: 08-Abr-2013
AUTO CONSTITUCIONAL 0121/2013-CA
Sucre, 8 de abril de 2013
Expediente: 03019-2013-07-CEA
Materia: Control de constitucionalidad de estatutos autonómicos y cartas orgánicas de entidades territoriales
El control de constitucionalidad del proyecto de Carta Orgánica remitido por Marcelino Escudero Ramos, Presidente del Gobierno Autónomo Municipal de Cuevo, provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz.
I. SÍNTESIS DE LA CONSULTA
I.1. Antecedentes
Por escrito CMC-Cite Of. 034/2013 de 13 de marzo, presentado el 14 de igual mes y año, cursante a fs. 21 y vta, Marcelino Escudero Ramos, Presidente del Concejo Autónomo Municipal de Cuevo, provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz, remitió al Tribunal Constitucional Plurinacional el proyecto de Carta Orgánica.
I.2. Petición
Solicita que en virtud del art. 196 de la Constitución Política del Estado (CPE), se someta al control previo de constitucionalidad el proyecto de Carta Orgánica Municipal del Gobierno Autónomo de Cuevo, provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz.
II. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE ADMISIÓN
II.1. Marco normativo constitucional y legal
El art. 275 de la CPE, establece que: “Cada órgano deliberativo de las entidades territoriales elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”.
II.2. Objeto y Naturaleza del control previo de constitucionalidad de Estatutos o Cartas Orgánicas
Según lo previsto por los arts. 116 y 117 del Código Procesal Constitucional (CPCo), el control previo de constitucionalidad de Estatutos o Cartas Orgánicas tiene por objeto confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional; requisito obligatorio para las entidades territoriales, antes de su vigencia como norma institucional básica de cada Entidad Territorial.
A su vez, el art. 118 del CPCo, determina que:
”I. La consulta sobre la constitucionalidad del Proyecto de Estatuto o Carta Orgánica deberá ser presentada por la Presidenta o Presidente del Órgano deliberante de la Entidad Territorial que lo propuso, previa aprobación por dos tercios del total de sus miembros.
II. En el caso de las Autonomías Indígenas Originario Campesinas estarán legitimados para la presentación de la consulta las autoridades que ellos designen de acuerdo a sus normas y procedimientos propios”.
Por consiguiente, las autoridades legitimadas para formular la consulta sobre la constitucionalidad del proyecto de Estatuto o Carta Orgánica son la Presidenta o Presidente del Órgano Deliberante de las Entidades Territoriales Autónomas, y en el caso de las Autonomías Indígenas Originario Campesinas, serán las autoridades designadas por ellas mismas.
En el primer caso, la Presidenta o el Presidenta del Órgano Deliberante de las Entidades Territoriales Autónomas deberán acreditar además la aprobación por dos tercios de votos del total de sus miembros del proyecto de Estatuto o Carta Orgánica.
II.3. Cumplimiento de requisitos
Examinados los antecedentes y documentación presentados, la Comisión de Admisión verificó lo siguiente:
a) La autoridad consultante, Marcelino Escudero Ramos, acreditó haber sido elegido Presidente del Concejo Autónomo Municipal de Cuevo, provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz, hecho que se puede constatar de la fotocopia legalizada del Acta 37 de 4 de septiembre de 2012, que cursa de fs. 7 a 10. También, adjuntó fotocopia simple de la Credencial emitida por la Corte Departamental Electoral de Santa Cruz, como Concejal Titular de dicho municipio, resultado de las elecciones departamentales municipales de 4 de abril de 2010 (fs. 12).
b) Por otro lado, añadió fotostática legalizada del acta de la Sesión Ordinaria 13, de la Asamblea “Estatuyente” de 13 de octubre de 2012 (fs. 3 a 5), por la que consta haberse aprobado en “plenaria grande”, por unanimidad de los Concejales el proyecto de Carta Orgánica, conforme exige el art. 118.I del CPCo.
c) Finalmente, acompañó en fotocopia simple la Ordenanza Municipal (OM) 14/2012 de 11 de diciembre, (fs. 6) a través de la cual se aprobó el Proyecto de Carta Orgánica del referido Municipio.
POR TANTO
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo dispuesto por el art. 119 del Código Procesal Constitucional, resuelve ADMITIR la solicitud de control de constitucionalidad del proyecto de carta orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Cuevo, provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz.
COMISIÓN DE ADMISIÓN
No interviene el Magistrado, Tata Gualberto Cusi Mamani, por encontrarse con baja médica; en suplencia legal firma el Magistrado, Dr. Macario Lahor Cortez Chávez.
Fdo. Efren Choque Capuma
MAGISTRADO PRESIDENTE
Fdo. Dr. Macario Lahor Cortez Chávez
MAGISTRADO
Fdo. Dra. Neldy Virginia Andrade Martínez
MAGISTRADA