AUTO CONSTITUCIONAL 0182/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0182/2013-CA

Fecha: 09-May-2013

AUTO CONSTITUCIONAL 0182/2013-CA

Sucre, 9 de mayo de 2013

Expediente:            03305-2013-07-CEA

Materia:                 Control de constitucionalidad de

                                                          estatutos autonómicos y cartas

                                                          orgánicas de entidades territoriales

La solicitud de control de constitucionalidad del proyecto de la Carta Orgánica de entidades territoriales remitido por Humberto Laura Mamani, Presidente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Ayata de la provincia Muñecas del departamento de La Paz.

I. SÍNTESIS DE LA CONSULTA

I.1. Antecedentes

Mediante Nota CITE:EXTER./HCMA/ 013/2013 de 4 de abril, presentada el 17 del mismo mes y año, corriente a fs. 89 y vta., complementada por  CITE:EXTER./HCMA/ 014/2013 de 18 de abril (fs. 99 y vta.), con fecha de presentación el 25 de igual mes y año; el solicitante señala que conforme los arts. 284.IV de la Constitución Política del Estado (CPE) y 61.II y 62 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización (LMAyD), se elaboró el proyecto de Carta Orgánica que remitió para el control previo de constitucionalidad de acuerdo a los arts. “116, 117 y 118” del Código Procesal Constitucional (CPCo).

Refiere que, se envía dicho proyecto de Carta Orgánica para que se realice el control de constitucionalidad de acuerdo a normativa vigente.

I.2. Petición

Solicita, se someta a control previo de constitucionalidad el proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Ayata de la provincia Muñecas del departamento de La Paz.

II. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE ADMISIÓN

II.1.  Marco normativo constitucional y legal

         El art. 275 de la CPE, establece que: “Cada órgano deliberativo de las entidades territoriales elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”.

         A su vez, el art. 118 del Código Procesal Constitucional (CPCo) determina que:

”I.  La consulta sobre la constitucionalidad del Proyecto de Estatuto o Carta Orgánica deberá ser presentada por la Presidenta o Presidente del Órgano deliberante de la Entidad Territorial que lo propuso, previa aprobación por dos tercios del total de sus miembros.

II.  En el caso de las Autonomías Indígenas Originario Campesinas estarán legitimados para la presentación de la consulta las autoridades que ellos designen de acuerdo a sus normas y procedimientos propios”.

Por consiguiente, la autoridad legitimada para formular la consulta sobre la constitucionalidad del proyecto de Estatuto o Carta Orgánica, son la Presidenta o Presidente del Órgano deliberante de las Entidades Territoriales Autónomas,          y en el caso de las Autonomías Indígenas Originario Campesinas, serán las autoridades designadas por ellas.

En el primer caso, la Presidenta o el Presidente del Órgano deliberante de las Entidades Territoriales Autónomas, deberá acreditar además la aprobación por dos tercios de votos del total de sus miembros del proyecto de Estatuto o Carta Orgánica.

II.2.  Cumplimiento de requisitos

Examinados los antecedentes y documentación presentados, la Comisión de Admisión de este Tribunal, verificó:

a)  La petición de control de constitucionalidad que fue presentada al Tribunal Constitucional Plurinacional por Humberto Laura Mamani, Presidente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Ayata de la provincia Muñecas del departamento de La Paz (fs. 89 y vta).

b)  Acreditó la legitimación del peticionario, a través de la fotocopia legalizada del Acta de la correspondiente elección en el expresado Concejo, corriente a fs. 92 y Acta de Posesión del Directorio (fs. 93), encontrándose por tanto, habilitado para acudir ante este Tribunal con la solicitud de referencia, de conformidad con lo establecido por el art. 118.I del CPCo.

c)  El proyecto de la Carta Orgánica del referido Gobierno Autónomo (fs. 1 a 30), fue aprobado por el Concejo de este Gobierno, conforme consta en el Acta de Sesión Extraordinaria de 4 de marzo de 2013, (fs. 34 a 88) y en la Resolución Municipal 009/2013 de 3 de abril, (fs. 32 a 33), aprobación efectuada por unanimidad en el marco del art. 118 del citado Código.

POR TANTO

La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo dispuesto por el art. 119.I del Código Procesal Constitucional, resuelve: ADMITIR la solicitud de control de constitucionalidad del proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Ayata de la provincia Muñecas del departamento de La Paz.

Regístrese y notifíquese.

COMISIÓN DE ADMISIÓN

Fdo. Efren Choque Capuma

MAGISTRADO PRESIDENTE

Fdo. Tata Gualberto Cusi Mamani

MAGISTRADO

Fdo. Dra. Neldy Virginia Andrade Martínez

MAGISTRADA

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