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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0527/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0527/2013-L

    Fecha: 18-Jun-2013

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1.Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.11.
    • II.14
    • II.15.
    • II.16.
    • II.17.
    • II.18.
    • II.19.
    • II.22.
    • II.25.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.1. Derecho a la propiedad privada
    • Fragmento 27
    • III.2.2. El derecho al trabajo
    • III.2.3. El principio de la seguridad jurídica
    • III.3. Medidas de hecho en propiedad privada
    • La línea jurisprudencial precedentemente señalada es modulada por la presente sentencia, cambio de entendimiento que responde a un real acceso a la justicia constitucional, a una tutela constitucional efectiva y a una interpretación extensiva y bajo pautas de interpretación armoniosas al postulado plasmado en el art. 256.1 de la CPE que plasma el principio de favorabilidad; por cuanto, en base al Fundamento Jurídico III.4, se establecen los siguientes presupuestos: i) La carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos; y, ii) Para el caso específico de vías de hecho vinculadas al avasallamiento, al margen de la carga probatoria desarrollada en el anterior inciso, el peticionante de tutela debe acreditar su titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho, aspecto demostrado con el registro de propiedad en mérito del cual se genera el derecho de oponibilidad frente a terceros”
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • III.4.1. Cumplimiento de presupuestos para medidas de hecho
    • 2)
    • acta de inspección ocular a la propiedad “Quinta Tauras” e informe del investigador de la FELCC,
    • segundo presupuesto
    • III.4.2.   Vulneración al derecho de trabajo
    • III.4.3.   De la seguridad jurídica
    • CONFIRMAR

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