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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2013-L

    Fecha: 03-Jul-2013

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • Fragmento 8
    • III.1.  Sobre la naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2.
    • sino también en forma posterior, como ser el dar curso con la debida celeridad procesal al trámite de apelación de la resolución respectiva, en los casos que corresponda´
    • La resolución que disponga, modifique o rechace las medidas cautelares, será apelable, en el efecto no suspensivo en el término de setenta y dos horas. Interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante la Corte Superior de Justicia -ahora Tribunal Departamental de Justicia- en el término de veinticuatro horas
    • una vez interpuesto dentro del plazo legal el recurso de apelación incidental ante la autoridad jurisdiccional que conoce la causa,
    • deben ser remitidas dentro las veinticuatro horas que señala la ley, ante el juez de alzada para su posterior resolución en el plazo de tres días
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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