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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2014

    Fecha: 30-Abr-2014

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 12
    • III.1.  Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Presupuestos de activación
    • Fragmento 14
    • III.2.  De la acción de libertad traslativa o de pronto despacho: Principios inherentes a la misma que se vulneran en supuestos de dilación en peticiones que involucran el derecho a la libertad
    • Fragmento 16
    • III.2.1. Del principio de celeridad
    • ama qhilla
    • Fragmento 19
    • Fragmento 20
    • III.3.1. Marco normativo
    • Fragmento 22
    • III.3.2. Jurisprudencia constitucional relativa a la celeridad con la que se deben remitir antecedentes al tribunal de alzada
    • iii)
    • Fragmento 25
    • la parte demandada debe negar los hechos por encontrarse en poder de la información o prueba
    • máxime si este es un servidor público y por tanto cuenta con el deber jurídico de respaldar y explicar sus actos y no lo hace pese a su legal citación con la demanda de acción de libertad
    • Fragmento 28
    • III.5. Análisis del caso en concreto
    • CONFIRMAR

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