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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015-S1

    Fecha: 06-Feb-2015

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    • acción popular
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • improcedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción popular
    • Fragmento 14
    • puede ser presentada por cualquier persona cuando se alegue lesión a derechos o intereses difusos; legitimación amplia que se justifica por la naturaleza de dichos derechos resguardados por la acción popular, que debe su nombre precisamente a esa característica
    • III.2.  El patrimonio público y las construcciones
    • cuando la integridad del patrimonio se vea amenazada o comprometida, tal como ocurre por ejemplo con la contaminación visual producida por carteles, basurales, iluminación excesiva, construcciones sobrepuestas
    • III.3.  La protección de los bienes declarados patrimonio cultural e histórico por el Gobierno Autónomo Municipal
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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