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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2017-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2017-S2

    Fecha: 02-May-2017

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
    • a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción;    c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y,       d) Acto u omisión que implique persecución indebida”
    • III.2.  Oportunidad procesal para el retiro de la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
    • b) De orden sustantivo. La Norma fundamental, establece y regula el procedimiento antes mencionado con mandatos expresos al juez o tribunal de garantías incluso bajo responsabilidad no como un fin en sí mismo, sino en razón a que la justicia constitucional a través de la acción de libertad se activa para proteger derechos subjetivos (disponibles) y además derechos en su dimensión objetiva, es decir, busca evitar la reiteración de conductas reñidas contra el orden público constitucional y los bienes constitucionales protegidos de tutela reforzada’”
    • III.3.  Activación directa de la acción de libertad por inexistencia de inicio de investigación y de vinculación de la presunta comisión de un delito ante una indebida privación de libertad
    • Policía
    • si no existe inicio de investigación y tampoco presunta comisión de delito alguno, corresponderá a la justicia constitucional conocer directamente y resolver la acción de libertad que acuse una presunta indebida privación de libertad
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR en todo

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