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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2018-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2018-S2

    Fecha: 22-May-2018

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • Fragmento 3
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • los principios de inmediatez y subsidiariedad, conforme lo establece el art. 129 de la Ley Fundamental
    • podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • A una fuente laboral estable
    • debe ser desplegado en el marco del principio de razonabilidad; es decir, si bien el empleador tiene la atribución de variar las condiciones de prestación de trabajo, ello debe efectuarse en el estricto marco de las disposiciones constitucionales inherentes a los derechos reconocidos a favor de los trabajadores, lo cual supone el respecto y la observancia de los valores, los principios y, particularmente la vigencia de los derechos laborales
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • (10 de julio de 2017)
    • transferencia Horizontal
    • III.3.2.   Con relación al pago de salarios devengados
    • CONFIRMAR en parte
    • 1º    CONCEDER

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