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    AUTO CONSTITUCIONAL 0166/2020-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0166/2020-RCA

    Fecha: 04-Dic-2020

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    • Fragmento 1
    • I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
    • I.2. Derechos  y principios supuestamente vulnerados
    • a)
    • improcedencia
    • 1)
    • I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses,
    • Fragmento 10
    • empero, en los casos en que como el presente, se interpuso un recurso de amparo constitucional que culminó con una resolución constitucional que no ingresó al fondo
    • el plazo de los seis meses establecidos para el cómputo del principio de inmediatez de la acción de amparo constitucional, únicamente se suspenderá cuando el juez o tribunal de garantías a través de una resolución de rechazo o improcedencia no haya ingresado a resolver el fondo de una anterior de acción de amparo; en cuyo caso, el plazo suspendido volverá a computarse o tomarse en cuenta desde la notificación con la Resolución de garantías (si es que no fue impugnada)
    • el plazo de seis meses se reanuda desde el día siguiente de practicada la diligencia de comunicación con el Auto Constitucional en sede del Tribunal Constitucional
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