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    AUTO CONSTITUCIONAL 0010/2021-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0010/2021-CA

    Fecha: 12-Ene-2021

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    • Fragmento 1
    • a)
    • rechazar
    • constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
    • II.3. Sobre la fundamentación jurídico-constitucional como requisito de admisión de las demandas de acción de inconstitucionalidad
    • el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
    • el o la accionante a momento de formular la acción de inconstitucionalidad concreta deberá demostrar, a través de la exposición de sus fundamentos, la relevancia constitucional de su pretensión; explicando con propiedad las razones fácticas y jurídicas que permitan a este Tribunal adquirir el pleno convencimiento sobre la necesidad de emitir un pronunciamiento sobre el fondo
    • II.4. Análisis del caso concreto
    • RATIFICAR

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