Auto Interlocutorio Definitivo S2/0005/2001
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0005/2001

Fecha: 14-Mar-2001

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO
S2ª N° 05/2001
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandante: Jorge Gonzáles Muchavi
Demandado: Director Nacional del INRA y Fiscal General de la
República
Distrito: Beni
Vocal Semanero: Dr. Otto Riess Carvalho
A, 14 de marzo de 2001
VISTOS: La demanda Contencioso Administrativa planteada por Jorge Gonzáles Muchavi,
impugnando la Resolución Administrativa RFS-TCO 041/2000 de 20 de diciembre de 2000.
Que, presentada como fue, mediante decreto de 12 de febrero del año en curso, se dispuso
que con carácter previo el demandante acredite legalmente su personería, ya que el
poderdante no tiene facultad para sustituir el poder N° 155/2001, otorgándosele a tal efecto
el plazo perentorio de diez días bajo apercibimiento de tenerse la demanda como no
presentada en aplicación al
art.
333 del
Cód.
Pdto.
Civ.,
habiendo sido notificado el
demandante con dicho decreto el 13 de febrero del mismo año.
Que, mediante memorial de fs. 16, Jaime Augusto Rivera, en representación del demandante
solicita se amplíe el plazo a efectos de subsanar la observación en razón a la distancia y por
motivos climatológicos, habiéndose mediante decreto de 22 de febrero concedido un plazo
similar al ya otorgado, computable a partir del vencimiento del término ya dispuesto.
Que, de la revisión del expediente, se tiene que el demandante fue notificado con este último
decreto mediante cédula el miércoles 28 de febrero de 2001.
Que, del informe evacuado por la Secretaria de Cámara de la Sala, se desprende que el
demandante no ha subsanado lo observado por este Tribunal en el término perentorio
concedido.
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, sin entrar en mayores
consideraciones, de conformidad a lo dispuesto en la última parte del art. 333 del Cód. Pdto.
Civ., aplicado supletoriamente por mandato del art. 78 de la L. Nº 1715, tiene por NO
PRESENTADA la demanda.
Regístrese, hágase saber y archívese.
Fdo.
Vocal Semanero Dr. Otto Riess Carvalho
Presidente Sala Segunda Dr. Esteban Miranda Terán
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