TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
S1ª
N°
011/2001
Proceso:
Contencioso
Administrativo
Demandante:
Moises
Yamil
Chamón
Salces
Demandado:
Director
Nacional
del
I.N.R.A.
Distrito:
Santa
Cruz
Vocal
Semanero:
Dra.
Inés
Montero
Barrón
Sucre,
12
de
junio
de
2001
VISTOS:
Los
antecedentes
procesales,
el
cargo
que
precede,
y
CONSIDERANDO:
Que,
por
providencia
de
fs.
63
vta.
de
obrados,
se
otorgó
un
plazo
a
objeto
de
dar
cumplimiento
al
art.
327
inc.
4)
del
Cód.
Pdto.
Civ.,
así
como
para
la
presentación
de
la
diligencia
de
notificación
con
la
resolución
impugnada,
no
habiendo
el
actor
dado
cumplimiento
pese
a
su
legal
notificación.
POR
TANTO:
En
mérito
a
lo
señalado
anteriormente
y
en
sujeción
del
art.
333
del
Cód.
Pdto.
Civ.,
téngase
por
NO
PRESENTADA
la
demanda,
disponiéndose
el
archivo
de
obrados.
Regístrese,
hágase
saber
y
archívese.
Fdo.
Vocal
Semanero
Dra.
Inés
Montero
Barrón
Presidente
Sala
Primera
Dr.
Hugo
Ernesto
Teodovich
Ortiz
©
Tribunal
Agroambiental
2022