Auto Interlocutorio Definitivo S1/0009/2002
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0009/2002

Fecha: 19-Mar-2002

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO
S1ª N° 009/2002
Expediente: Nº 03/02
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandante: Victor Hugo Estanislao Peñaranda y Ma. Cristina
Aguirre Peñaranda
Demandado: Director Nacional del INRA
Distrito: La Paz
Vocal Semanero: Dr. Gilberto Palma Guardia
Sucre, 19 de marzo del 2002
VISTOS: La demanda en fs. 7 a 7 vta., el informe de fs. 11; y
CONSIDERANDO: Que del informe de Secretaría de Cámara se establece que los
demandantes no han subsanado las observaciones efectuadas por decreto de fs. 8 vta. a 9
toda vez que no se presentaron las diligencias de notificación con la resolución impugnada,
dentro del término concedido al efecto; en tal virtud, corresponde aplicar la parte in fine del
art. 333 del Cód de Pdto. Civ.
POR TANTO: En observancia de la referida disposición legal se tiene por no presentada la
demanda.
Regístrese, hágase saber y archívese.
Fdo.
Vocal Sala Primera Dr. Gilberto Palma Guardia
Vocal Sala Primera Dr. Joaquín Hurtado Muñoz
Presidenta Sala Primera Dra. Inés Montero Barrón
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