Auto Interlocutorio Definitivo S1/0013/2002
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0013/2002

Fecha: 03-May-2002

AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO

S1ª N° 013/2002

 

Expediente: Nº 005/02

 

Proceso: Nulidad de Título Ejecutorial

 

Demandante: Juvencino Toconas Aquino en representación Mario Mercado Ch. y Nancy Mercado de Boehme

 

Demandado: Directora departamental del INRA Santa Cruz

 

Distrito: Santa Cruz

 

Fecha: Sucre, 3 de mayo del 2002

 

Vocal Semanero: Dr. Gilberto Palma Guardia

 

VISTOS: Los antecedentes del proceso, el informe que precede; y

CONSIDERANDO: Que del informe de Secretaría de Cámara se establece que el apoderado del demandante no ha subsanado las observaciones efectuadas por decreto de fs. 78 vta., toda vez que no ha dado cumplimiento al art. 327-5,6,7 y 9) del Cód. Pdto. Civ., dentro del término concedido al efecto; en tal virtud, corresponde aplicar la parte in fine del art. 333 del Cód. de Pdto. Civ.

POR TANTO: En observancia de la referida disposición legal se tiene por no presentada la demanda.

No interviene el Dr. Joaquín Hurtado Muñoz por encontrarse de viaje en comisión oficial.

Regístrese y notifíquese.

Fdo.

Vocal Sala Primera. Dr. Gilberto Palma Guardia

Presidente Sala Primera. Dra. Inés Montero Barrón

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