TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
S1ª
Nº
4/2003
Expediente:
Nº
85/02
Proceso:
Contencioso
Administrativo
Demandante:
Florencio
Martínez
Morales
Demandado:
René
Salomón
V.,
Director
Nacional
del
INRA
Distrito:
Tarija
Fecha:
Sucre,
20
de
enero
de
2003
Vocal
Semanero:
Dr.
Hugo
Ernesto
Teodovich
Ortiz
VISTOS:
La
demanda
Contencioso
Administrativa
planteada
por
Florencio
Martínez
Morales,
impugnando
la
Resolución
Final
de
Saneamiento
RFS-SS
Nº
0078/2002
emitida
por
el
Instituto
Nacional
de
Reforma
Agraria.
Que
a
fs.
26
vta,
mediante
decreto
de
3
de
enero
de
2003,
se
dispuso
que
el
demandante
cumpla
con
las
formalidades
previstas
por
el
art.
327-2),
4),
5),
6)
y
9)
del
Cod.
Pdto.
Civ.
y
acreditar
la
diligencia
de
notificación
con
la
resolución
impugnada,
con
carácter
previo
a
admitir
su
demanda,
concediéndole
al
efecto
el
plazo
de
diez
días
bajo
apercibimiento
de
tenerla
por
no
presentada.
Que
no
obstante
su
legal
notificación
el
7
de
enero
de
2003,
a
la
fecha
no
ha
dado
cumplimiento
a
lo
observado,
habiendo
vencido
el
plazo
para
hacerlo.
POR
TANTO:
En
mérito
a
lo
señalado
anteriormente,
y
en
sujeción
al
art.
333
del
Cod.
Pdto.
Civ.,
téngase
por
NO
PRESENTADA
la
demanda,
disponiéndose
el
archivo
de
obrados.
Regístrese
y
notifíquese.
Fdo.
Vocal
Sala
Primera
Dr.
Hugo
E.
Teodovich
Ortiz
Presidente
Sala
Primera
Dr.
Joaquín
Hurtado
Muñoz
Vocal
Sala
Primera
Dra.
Inés
Montero
Barrón
©
Tribunal
Agroambiental
2022