Auto Interlocutorio Definitivo S2/0033/2003
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0033/2003

Fecha: 08-Oct-2003

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO
S2ª Nº 33/2003
Expediente: Nº 88/02
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandantes: Antonio García Castro
Demandado: Director Nacional del INRA
Distrito: Santa Cruz
Fecha: Sucre, 8 de octubre de 2003
Vocal Semanero: Dr. Hugo Bejarano Torrejón
VISTOS: El informe que antecede, los datos del expediente, y
CONSIDERANDO: Que en el presente proceso contencioso administrativo instaurado por
Hebert Cuellar Ruiz y Víctor Alfredo Escalante Mostajo en representación de Antonio García
Castro contra el Director Nacional del INRA, conforme se desprende del informe de fs. 34 y
antecedentes del proceso, los demandantes abandonaron su acción durante más de seis
meses computables desde la última actuación procesal traducida en la notificación con el
auto de admisión de demanda de fecha 7 de enero de 2003, según consta a fs. 32 de
obrados.
Que, conforme establece el Código Adjetivo Civil, cuando el demandante abandonare su
acción durante seis meses, el Juez, de oficio o a petición de parte, y sin más trámite declarará
la perención de la instancia.
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, de conformidad al art. 309 del
Cgo. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por disposición del art. 78 de la L. N° 1715, de
oficio DECLARA la perención de instancia en el proceso contencioso administrativo incoado
por Hebert Cuellar Ruiz y Víctor Alfredo Escalante Mostajo en representación de Antonio
García Castro contra el Director Nacional del INRA, con costas.
Regístrese y notifíquese.
Fdo.
Vocal Sala Segunda Dr. Jugo Bejarano Torrejón
Presidente Sala Segunda Dr. Otto Riess Carvalho
Vocal Sala Segunda Dr. Gilberto Palma Guardia
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