TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
S1ª
Nº
20/2003
Expediente:
Nº
035/03
Proceso:
Contencioso
Administrativo
Demandante:
Hernán
Justiniano
Rita
Demandado:
René
Salomón
V.,
Director
Nacional
del
INRA
Distrito:
Santa
Cruz
Fecha:
Sucre,
18
de
junio
de
2003
Vocal
Semanero:
Dr.
Hugo
Ernesto
Teodovich
Ortiz
VISTOS:
La
demanda
Contencioso
Administrativa
planteada
por
Hernán
Justiniano
Rita,
impugnando
la
Resolución
Administrativa
RACS-SC
Nº
0090/2002
de
13
de
febrero
de
2002
emitida
por
el
Instituto
Nacional
de
Reforma
Agraria.
Que
a
fs.
12
vta.,
mediante
decreto
de
23
de
mayo
de
2003,
se
dispuso
que
el
demandante,
con
carácter
previo
a
admitir
su
demanda,
acredite
la
fecha
de
notificación
con
la
resolución
impugnada;
cumpla
con
las
formalidades
previstas
por
los
incs.
2),
3),
5),
6)
7)
y
9)
del
art.
327
del
Cod.
Pdto.
Civ.
y
adjunte
fotocopia
legalizada
del
acta
de
posesión,
concediéndole
al
efecto
el
plazo
de
diez
días
bajo
apercibimiento
de
tenerla
por
no
presentada.
Que
no
obstante
su
legal
notificación
el
30
de
mayo
de
2003,
a
la
fecha
no
ha
dado
cumplimiento
a
lo
observado,
habiendo
vencido
el
plazo
para
hacerlo.
POR
TANTO:
En
mérito
a
lo
señalado
anteriormente,
y
en
sujeción
al
art.
333
del
Cod.
Pdto.
Civ.,
téngase
por
NO
PRESENTADA
la
demanda,
disponiéndose
el
archivo
de
obrados.
No
interviene
la
Dra.
Inés
Montero
Barrón,
por
encontrarse
en
comisión
oficial.
Regístrese
y
notifíquese.
Fdo.
Vocal
Sala
Primera
Dr.
Hugo
E.
Teodovich
Ortiz
Presidente
Sala
Primera
Dr.
Joaquín
Hurtado
Muñoz
©
Tribunal
Agroambiental
2022