Auto Interlocutorio Definitivo S2/0025/2003
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0025/2003

Fecha: 04-Ago-2003

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO
S2ª N° 25/2003
Expediente: N° 60/2003
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandante: Miguel Arias Canchani
Demandado: Director Nacional del INRA
Distrito: Cochabamba
Fecha: Sucre, 4 de agosto de 2003
Vocal Semanero: Dr. Otto Riess Carvalho
VISTOS: La demanda contencioso administrativa planteada por Miguel Arias Canchari en
representación de la Asociación Agropecuaria "Carmen Los Andes", impugnando la
Resolución Administrativa RA-SS N° 0093/2003, de 4 de abril de 2003.
Que, presentada como fue dicha demanda, mediante decreto de fecha 15 de julio de 2003
cursante a fs. 31 de obrados, se dispuso que el impetrante con carácter previo acredite
legalmente la personería que le faculte a actuar en representación de la Asociación
Agropecuaria "Carmen Los Andes", concediéndole al efecto el plazo perentorio de 10 días,
bajo apercibimiento de tenerse la demanda como no presentada; habiendo sido notificado
con dicho decreto mediante cédula en fecha 18 de julio de 2003, conforme consta de la
diligencia de fs. 32.
Que, de los antecedentes del proceso y del informe evacuado por la Sra. Secretaria de
Cámara de la Sala, se constata que la demandante no ha subsanado lo observado por este
Tribunal en el término perentorio concedido.
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, sin entrar en mayores
consideraciones, de conformidad a lo dispuesto en la última parte del art. 333 del Cód. Pdto.
Civ., aplicado supletoriamente por mandato del art. 78 de la L. N° 1715, tiene por NO
PRESENTADA la demanda de fs. 27 a 29 vta. de obrados.
Regístrese y notifíquese.
Fdo.
Vocal Sala Segunda Dr. Otto Riess Carvalho
Vocal Sala Segunda Dr. Esteban Miranda Terán
Presidente Sala Segunda Dr. Hugo Bejarano Torrejón
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