TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
S1ª
Nº
08/05
Expediente
:
009/05
Proceso
:
Contencioso
Administrativo
Demandante
:
Hilarión
Huaylla
Espinoza
y
otros
Demandado
:
Director
Nacional
del
INRA
Distrito
:
Potosí
Fecha
:
Sucre,
15
de
abril
de
2005
Vocal
Semanera
:
Dra.
Inés
Montero
Barrón
VISTOS:
La
demanda
contenciosa
administrativa
interpuesta
por
Hilarión
Huaylla
Espinoza
y
otros,
impugnando
la
Resolución
Administrativa
de
Dotación
y
Titulación
de
Tierras
Comunitarias
de
Origen
RADT-ST
N°
433/2004
de
10
de
diciembre
de
2004
pronunciada
dentro
del
trámite
Social
Agrario
N°
TCO-0511-0004,
seguido
por
el
Ayllu
Jatun
Mancasaya
sobre
Dotación
y
Titulación
de
Tierras
Comunitarias
de
Origen.
CONSIDERANDO:
Que
el
art.
68
de
la
Ley
N°
1715,
confiere
un
plazo
perentorio
de
treinta
días
para
la
interposición
de
procesos
contenciosos
administrativos,
computables
a
partir
de
la
notificación
con
la
resolución
a
ser
impugnada.
Que,
en
el
caso
de
Autos
la
Resolución
RADT-ST
N°
433/2004
de
10
de
diciembre
de
2004,
tal
como
consta
a
fs.
95,
fue
notificada
en
17
de
diciembre
de
2004
a
los
ahora
demandantes.
La
presente
demanda
fue
presentada
a
hrs.
11:55
del
26
de
enero
de
2005,
conforme
consta
el
cargo
de
presentación
de
fs.
46
de
obrados.
De
lo
anteriormente
señalado,
se
concluye
que
la
presente
demanda
fue
interpuesta
fuera
del
plazo
perentorio
previsto
por
las
normas
mencionadas.
POR
TANTO:
La
Sala
Primera
del
Tribunal
Agrario
Nacional
en
ejercicio
de
la
competencia
que
la
Ley
le
concede,
declara
INADMISIBLE
la
demanda
Contenciosa
Administrativa
de
fs.
42
a
45.
Regístrese
y
Notifíquese.
Fdo.
Vocal
Sala
Primera
Dra.
Inés
Virginia
Montero
Barrón
Vocal
Sala
Primera
Dr.
Hugo
E.
Teodovich
Ortiz
©
Tribunal
Agroambiental
2022