TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
S1ª
Nº
013/2005
Expediente:
Nº
024/05
Proceso:
Contencioso
Administrativo
Demandante:
Juana
Lilly
Hollkon
Pereira
Demandado:
Director
Nacional
del
INRA
Distrito:
Pando
Fecha:
17
de
mayo
de
2005
Vocal
Semanero:
Dr.
Hugo
Ernesto
Teodovich
Ortiz
VISTOS:
La
demanda
Contencioso
Administrativa
interpuesta
por
Juana
Lilly
Hollkon
Pereira
contra
el
Director
Nacional
del
INRA,
los
antecedentes
del
proceso
y:
CONSIDERANDO:
Mediante
proveído
de
7
de
abril
de
2005,
se
dispone
que
con
carácter
previo
a
la
consideración
de
admisión
de
la
demanda
se
presente
certificación
extendida
por
el
Instituto
Nacional
de
Reforma
Agraria,
mediante
la
cual
se
establezca
la
fecha
y
hora
de
notificación
con
la
resolución
que
se
pretende
impugnar,
otorgándose
al
efecto
el
plazo
de
diez
días
computables
a
partir
de
su
legal
notificación;
plazo
que
además,
con
criterio
de
equidad,
fue
ampliado
en
dos
oportunidades.
CONSIDERANDO:
Que
no
obstante
la
legal
notificación
de
6
de
mayo
de
2005,
a
la
fecha
no
se
ha
dado
cumplimiento
a
lo
observado,
conforme
señala
el
informe
precedente
de
16
de
mayo
del
año
en
curso;
habiendo
vencido
el
plazo
para
hacerlo.
POR
TANTO:
En
mérito
a
lo
señalado
anteriormente,
y
en
sujeción
al
art.
333
del
Cód.
Pdto.
Civ.,
téngase
por
NO
PRESENTADA
la
demanda,
disponiéndose
el
archivo
de
obrados.
No
interviene
el
Dr.
Joaquín
Hurtado
Muñoz
por
encontrase
de
viaje
en
comisión
oficial.
Regístrese
y
archívese.
Fdo.
Vocal
Sala
Primera
Dr.
Hugo
E.
Teodovich
Ortiz
Vocal
Sala
Primera
Dra.
Inés
Virginia
Montero
Barrón
©
Tribunal
Agroambiental
2022