Auto Interlocutorio Definitivo S2/0026/2005
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0026/2005

Fecha: 22-Sep-2005

AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO

S2ª Nº 026/2005

 

Expediente: Nº 74/2005

 

Proceso: Contencioso Administrativo

 

Demandante: Jorge Salvatierra Lijerón

 

Demandado: Presidente de la República de Bolivia

 

Distrito: Santa Cruz

 

Fecha: 22 de septiembre de 2005

 

Vocal Semanero: Dr. David Barrios Montaño

VISTOS: La demanda contencioso-administrativa interpuesta por Jorge Salvatierra Lijerón contra el Presidente de la República de Bolivia, e informe de fs. 86.

Que, presentada la demanda por memorial de fs. 76 a 82, por decreto de fs. 84 se observó la demanda disponiendo que el demandante en forma previa a la admisión de la demanda señale el domicilio del demandado conforme exige el art. 327-4) del Cód. Pdto. Civ., concediéndole, a dicho fin, un plazo de 10 días, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda en aplicación del art. 333 del Cód. Pdto. Civ.

Que, no obstante de su legal notificación, el demandante ha dejado vencer dicho plazo, sin haber subsanado la observación efectuada.

POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, de conformidad a lo dispuesto en la parte in fine del art. 333 del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por mandato del art. 78 de la L. Nº 1715, tiene por NO PRESENTADA la demanda de fs. 76 a 82.

No interviene el Vocal, Dr. Luis Alberto Arratia Jiménez por encontrarse ausente en misión oficial.

Regístrese, notifíquese.

Fdo.

Vocal Sala Segunda Dr. David Barrios Montaño

Presidente Sala Segunda Dr. Antonio Hassenteufel Salazar

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