Auto Interlocutorio Definitivo S2/0011/2006
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0011/2006

Fecha: 10-Mar-2006

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO
S2ª Nº 11/2006
Expediente: Nº 42/05
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandante: Nery Hoyos Ortiz
Demandado: Director Nacional del INRA
Distrito: Santa Cruz
Fecha: 10 de marzo de 2006
Vocal Semanero: Dr. David Barrios Montaño
VISTOS: El informe que antecede, los datos del expediente; y,
CONSIDERANDO: Que en el presente proceso contencioso administrativo instaurado por
Nery Hoyos Ortíz contra el Director Nacional del INRA, conforme se desprende del informe de
fs 20, antecedentes del proceso, el demandante abandonó su acción durante más de seis
meses computables desde la última actuación procesal traducida en la notificación con el
auto de admisión de demanda de fecha 24 de mayo de 2005, según consta a fs. 18 de
obrados.
Que, conforme establece el art. 309 del Código Adjetivo Civil, aplicable por mandato del art.
78 de la L. 1715, cuando el demandante abandonare su acción durante seis meses, el Juez,
de oficio o a petición de parte, y sin más trámite declarará la perención de la instancia.
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, de conformidad al art. 309 del
Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por disposición del art. 78 de la L. N° 1715, de
oficio DECLARA la PERENCION de instancia en el proceso contencioso administrativo incoado
por Nery Hoyos Ortiz contra el Director Nacional del INRA, con costas.
Regístrese y Notifíquese.
Fdo.
Vocal Sala Segunda Dr. David O. Barrios Montaño
Presidente Sala Segunda Dr. Antonio J. Hassenteufel Salazar
Vocal Sala Segunda Dr. Luis A. Arratia Jiménez
© Tribunal Agroambiental 2022

Vista, DOCUMENTO COMPLETO