Auto Interlocutorio Definitivo S1/0017/2006
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0017/2006

Fecha: 04-May-2006

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO
S1º Nº 17/06
Expediente: Nº 82/06
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandante: "Sindicato Agrario Río Chico San Francisco de
Asís"
representado por Nicolás Moirenda Urazahori y Elida Guardia
Aguilera de
Porcel
Demandado: Director Nacional del INRA
Distrito: Santa Cruz
Fecha: 4 de mayo de 2006
Vocal Semanero: Dr. Hugo Salces Santistevan
VISTOS: La demanda contencioso-administrativa interpuesta por Nicolás Moirenda Urazahori
y Elida Guardia Aguilera de Porcel en representación del "Sindicato Agrario Río Chico San
Francisco de Asís", impugnado la Resolución Administrativa RA-ST Nº 0407/2005 de 28 de
noviembre de 2005, contra el Director Nacional del INRA, el informe que antecede, y;
CONSIDERANDO: Que presentada la demanda por memorial de fs. 27 a 29 vta., por decreto
de 17 de abril de 2006 cursante a fs. 31., se observó la misma disponiendo que los
demandantes acrediten legalmente su personería para actuar en representación del
"Sindicato Agrario Río Chico San Francisco de Asís", concediéndoles, a ese fin, un plazo de 10
días, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda en aplicación del art. 333
del Cód. Pdto. Civ.
Que no obstante su legal notificación, los demandantes han dejado vencer dicho plazo, sin
haber subsanado la observación efectuada.
POR TANTO.- La Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional, sin entrar en mayores
consideraciones de orden legal, de conformidad a lo dispuesto en la parte in fine del art. 333
del Cod. Pdto Civ., aplicable supletoriamente por mandato del art. 78 de la Ley Nº 1715, tiene
POR NO PRESENTADA la demanda de fs. 27 a 29 vta.
Regístrese y notifíquese.
Fdo.
Presidente Sala Primera Dr. Hugo Salces Antistevan
Vocal Sala Primera Dr. Gonzalo Castellanos Trigo
Vocal Sala Primera Dr. Iván Gantier Lemoine
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