TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
S2ª
Nº
020/2006
Expediente:
Nº
040/06
Proceso:
Contencioso
Administrativo
Demandante:
Simón
Flores
Grageda
Demandado:
Presidente
Constitucional
de
la
República
Distrito:
Cochabamba
Fecha:
8
de
mayo
de
2006
Vocal
Semanero:
Dr.
Antonio
J.
Hassenteufel
Salazar
VISTOS:
La
demanda
Contencioso
Administrativa
planteada
por
Simón
Flores
Grageda,
que
impugna
la
Resolución
Suprema
225862
de
28
de
diciembre
de
2005,
emitida
por
el
Presidente
Constitucional
de
la
República,
el
informe
de
fs.
36;
y,
CONSIDERANDO:
Mediante
proveído
de
17
de
marzo
de
2006
cursante
a
fs.
29
de
obrados,
se
dispone
que
con
carácter
previo
a
la
admisión
de
la
demanda
se
dé
cumplimiento
al
inc.
4)
del
art.
327
del
Cód.
Pdto.
Civ.,
habiéndose
concedido
al
efecto
el
plazo
de
10
días
computables
a
partir
de
su
legal
notificación,
bajo
apercibimiento
de
aplicarse
la
última
parte
del
Art.
333
del
Cód.
Pdto.
Civ.
CONSIDERANDO:
Que
una
vez
notificado
con
el
proveído
cursante
a
fs.
29,
mediante
diligencia
de
21
de
marzo
de
2006,
presentó
un
memorial
que
mereció
la
dictación
del
Auto
que
cursa
de
fs.
33
a
fs.
34
vta.,
mediante
el
cual
se
dispuso
se
señale
el
domicilio
de
los
terceros
interesados
que
pudieran
verse
afectados
con
la
resolución
que
emane
de
la
tramitación
del
proceso,
habiéndose
otorgado
al
efecto
el
plazo
de
20
días
computables
a
partir
del
día
siguiente
hábil
de
su
notificación.
No
obstante
su
legal
notificación
el
11
de
abril
de
2006
con
el
Auto
referido
supra,
en
el
domicilio
señalado
por
la
propia
parte
actora
en
el
otrosí
sexto
de
su
demanda
de
fs.
26
a
27,
a
la
fecha
no
ha
dado
cumplimiento
a
lo
observado,
conforme
señala
el
informe
precedente
de
4
de
mayo
del
año
en
curso;
habiendo
vencido
el
plazo
para
hacerlo.
POR
TANTO:
En
mérito
a
lo
señalado
anteriormente,
y
en
sujeción
al
art.
333
del
Cod.
Pdto.
Civ.,
téngase
por
NO
PRESENTADA
la
demanda,
disponiéndose
el
archivo
de
obrados.
Regístrese
y
archívese.
Fdo.
Presidente
Sala
Segunda
Dr.
Antonio
J.
Hassenteufel
Salazar
Vocal
Sala
Segunda
Dr.
David
O.
Barrios
Montaño
Vocal
Sala
Segunda
Dr.
Luis
A.
Arratia
Jiménez
©
Tribunal
Agroambiental
2022