Auto Interlocutorio Definitivo S2/0029/2006
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0029/2006

Fecha: 22-Jun-2006

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO
S2ª Nº 29/2006
Expediente: Nº 102/2006
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandante: Antonio Hoyos Snortt
Demandado: No señala
Distrito: Chuquisaca
Fecha: 22 de junio de 2006
Vocal Semanero: Dr. David Barrios Montaño
VISTOS: La demanda contencioso-administrativa interpuesta por Antonio Hoyos Snortt, e
informe de fs. 6.
Que presentada la demanda de fs. 1 a 2 vía Fax, en ejercicio de la facultad otorgada por el
art. 333 del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por imperio del art. 78 de la L. Nº
1715, fue observada mediante decreto de fs. 4, disponiéndose que el demandante en forma
previa a su admisión, presente la misma en originales, cancele los recaudos de ley, presente
copia de la resolución impugnada y documento válido que acredite la fecha de notificación
con la misma; asimismo, subsane la demanda cumpliendo con lo exigido por el art. 327-1),
4), 5), 6), 7) y 9) del Cód. Pdto. Civ., bajo apercibimiento de tenérsela por no presentada, en
aplicación del referido art. 333 del Cód. Pdto. Civ.
Que no obstante de la legal notificación del demandante en el domicilio procesal señalado
por éste en su demanda, conforme consta a fs. 5 de obrados, de forma negligente ha dejado
vencer el plazo que le fue concedido, sin haber dado cumplimiento a lo extrañado.
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, sin entrar en mayores
consideraciones de orden legal, de conformidad a lo dispuesto en la parte in fine del art. 333
del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por mandato del art. 78 de la L. Nº 1715, tiene
por NO PRESENTADA la demanda de fs. 1 a 2 de obrados.
Regístrese, notifíquese.
Fdo.
Vocal Sala Segunda Dr. David O. Barrios Montaño
Presidente Sala Segunda Dr. Antonio J. Hassenteufel Salazar
Vocal Sala Segunda Dr. Luis A. Arratia Jiménez
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