TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
S1ª
Nº
33/06
Expediente:
124/06
Demandante:
Guido
Erwin
Foianini
Gutierrez
Demandado:
Presidente
Constitucional
de
la
República,
Ministro
de
Asuntos
Campesinos
y
Agropecuarios
y
Director
Nacional
del
INRA
Distrito:
Santa
Cruz
Asiento
Judicial:
Santa
Cruz
Fecha:
Sucre,
6
de
septiembre
de
2006
Vocal
Semanero:
Dr.
Iván
Gantier
Lemoine
VISTOS:
El
informe
del
cursor
de
fs.
13;
y
CONSIDERANDO:
Que,
a
fs.
6
-
9
de
obrados
y
adjuntado
la
documental
de
fs.
1
-
5,
Guido
Erwin
Foianini
Gutierrez,
mediante
recurso
contencioso
administrativo,
demanda
impugnando
la
R.S.
No
225909
de
fecha
28
de
diciembre
de
2005
relativo
al
predio
denominado
Patagonia.
Que,
antes
de
admitirse
o
rechazarse
la
demanda
presentada
ante
este
Tribunal,
mediante
proveído
de
fs.
11,
de
fecha
17
de
agosto
de
3006,
se
observa
la
falta
de
presentación
de
documento
idóneo
que
acredite
la
fecha
de
notificación
con
la
resolución
impugnada,
otorgándosele
al
efecto
el
plazo
de
15
días
calendario
a
partir
de
su
legal
notificación
con
dicho
decreto
al
actor,
para
la
subsanación
de
dicha
observación,
bajo
apercibimiento
de
darse
aplicación
a
la
parte
in
fine
del
art
333
del
Cód.
Pdto.
Civ.
Que,
por
el
informe
de
fs.
13
elaborado
por
el
Secretario
de
Cámara
se
evidencia
que
al
actor
no
ha
dado
cumplimiento
a
la
observación
realizada,
por
lo
que
se
debe
darse
aplicación
a
la
norma
precedentemente
citada.
POR
TANTO:
En
mérito
a
lo
señalado
anteriormente,
y
en
sujeción
al
art.
333
deI
Cód.
Pdto.
Civ.,
aplicable
supletoriamente
por
disposición
del
art.
78
de
la
L.
No
1715,
téngasela
por
NO
PRESENTADA
la
demanda
de
fs.
6
-
9,
disponiéndose
el
archivo
de
obrados.
No
interviene
el
Dr.
Esteban
Miranda
Terán
por
encontrarse
ausente
en
comisión.
Regístrese
y
hágase
saber.
Fdo.
Presidente
Sala
Primera
Dr.
Iván
Gantier
Lemoine
Vocal
Sala
Primera
Dr.
Gonzalo
Castellanos
Trigo
©
Tribunal
Agroambiental
2022