TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
S1ª
Nº
25/07
Expediente:
Nº
26/07
Proceso
:
Contencioso
Administrativo
Demandante:
Luisa
Garzón
Alarcón
Demandado:
Director
Nacional
del
INRA.
Distrito:
Pando
Fecha
:
Sucre,
21
de
junio
de
2007
Vocal
Semanero:
Dr.
Iván
Gantier
Lemoine
VISTOS:
Los
antecedentes
del
proceso
y:
CONSIDERANDO:
Que,
Luisa
Garzón
Alarcón
a
fs.
34-39
por
la
vía
contenciosa
demanda
la
nulidad
de
la
Resolución
Administrativa
RA-SS
Nº
0086/2007,
adjuntando
al
efecto
la
documental
de
fs.
1
a
33,
mediante
proveído
de
fs.
41
se
observa
la
demanda
dándole
el
plazo
de
diez
días
para
que
subsane
las
mismas
sin
perjuicio
de
la
aplicación
del
art.
333
del
Cód.
Pdto.
Civ.
Que,
a
fs.
76-77
la
actora
adjuntando
la
documental
de
fs.
43
a
75
pide
se
admita
su
demanda
manifestando
que
ha
cumplido
la
observación
efectuada;
sin
embargo
de
ello,
mediante
proveído
de
fs.
79
se
menciona
que
no
se
ha
dado
cabal
cumplimiento
a
las
observaciones,
concediéndosele
el
término
de
cinco
días
calendario
para
que
señale
nombres
y
domicilios
de
los
terceros
interesados,
la
demandante
por
memorial
de
fs.
81
insiste
en
que
ya
está
subsanada
y
aclarada
la
observación,
mereciendo
tal
solicitud
el
proveído
de
fs.
83
indicando
que
no
se
ha
dado
cumplimiento
a
las
observaciones
realizadas
precedentemente
conminándole
a
la
actora
haga
conocer
los
nombres
y
domicilios
de
otros
beneficiarios.
Que
por
memorial
de
fs.
87
y
adjuntando
la
documental
de
fs.
85-86
solicita
la
admisión
de
la
demanda,
dictándose
al
efecto
el
decreto
de
fs.
89
por
el
que
se
vuelve
a
conminar
de
que
la
actora
señale
los
nombres
y
demás
generales
de
ley
de
los
representantes
de
la
Comunidad
"Trinchera",
concediéndosele
un
último
plazo
de
tres
días
sin
perjuicio
de
darse
aplicación
al
art.
333
del
Cód.
Pdto.
Civ.
aplicable
por
supletoriedad
conforme
determina
el
art.
78
de
la
Ley
Nº
1715.
CONSIDERANDO:
Que
a
fs.
93-94
adjuntando
la
documental
del
fs.
91-92
Luisa
Garzón
Alarcón
manifiesta
estar
cumpliendo
lo
ordenado
sin
embargo
de
ello
de
la
revisión
de
los
documentos
referidos
se
establece
que
el
listado
es
concerniente
a
las
cabezas
de
familia
de
los
comunarios
de
"Santa
Lourdes",
así
como
Arturo
Davies
Rivarola
es
representante
de
la
Comunidad
"Esperanza"
por
lo
que
en
ningún
momento
la
demandante
ha
dado
cumplimiento
a
la
última
conminatoria
efectuada
por
proveído
de
fs.
89
de
12
de
junio
de
2007,
siendo
obligación
del
sujeto
activo
el
de
contar
con
toda
la
documentación
pertinente
para
accionar
en
cualquier
proceso
judicial.
POR
TANTO:
La
Sala
Primera
del
Tribunal
Agrario
Nacional
en
cumplimiento
de
la
parte
in
fine
del
art.
333
del
Cód.
Pdto.
Civ.
aplicable
por
supletoriedad
del
art.
78
de
la
Ley
Nº
1715
da
como
NO
PRESENTADA
la
demanda
de
fs.
34
a
39.
Al
Otrosí
Primero,
Segundo
y
Tercero.-
Estese
al
Auto
de
la
fecha.
Al
Otrosí
Cuarto.-
No
ha
lugar.
No
interviene
del
señor
Vocal
Dr.
Gonzalo
Castellanos
Trigo,
por
encontrarse
ausente
en
comisión
oficial.
Regístrese
y
notifíquese.
Fdo.
Presidente
Sala
Primera
Dr.
Iván
Gantier
Lemoine
Vocal
Sala
Primera
Dr.
Esteban
Miranda
Terán
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Agroambiental
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