TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
S1ª08/2008
Expediente:
Nº
08/08
Proceso:
Contencioso
Administrativo
Demandante:
Inocencio
Honor
Sánchez
Demandado:
Director
Nacional
de
INRA
Distrito:
Chuquisaca
y
Santa
Cruz
Fecha:
Sucre,
12
de
marzo
de
2008
Vocal
Semanero:
Dr.
Gonzalo
Castellanos
Trigo
VISTOS:
La
demanda
Contencioso
Administrativa
planteada
por
Inocencio
Honor
Sánchez
impugnando
la
Resolución
Administrativa
RA-CS-551/2007
de
30
de
octubre
de
2007
pronunciada
por
el
Director
Nacional
del
INRA.
Que
a
fs.
18,
mediante
decreto
de
22
de
enero
de
2008,
se
dispuso
que
el
actor,
con
carácter
previo
a
la
admisión
de
la
demanda,
debe
proceder
a
la
de
presentación
del
original
o
fotocopia
legalizada
de
la
Resolución
Administrativa
que
impugna;
constancia
de
la
notificación
al
demandante
con
esa
Resolución
Administrativa
y
el
cumplimiento
a
los
incisos
4),
6)
y
9)
del
art.
327
del
Cód.
Pdto.
Civ.,
concediéndole
un
plazo
perentorio
de
10
días
computables
a
partir
del
día
siguiente
hábil
de
su
legal
notificación
bajo
apercibimiento
de
tenerla
por
no
presentada.
Que
no
obstante
su
legal
notificación
el
25
de
febrero
de
2008
en
forma
personal
como
consta
a
fs
24
de
obrados,
a
la
fecha
no
dio
cumplimiento
a
las
observaciones
realizadas,
habiendo
vencido
el
plazo
otorgado
para
el
efecto.
POR
TANTO:
En
mérito
a
lo
señalado
anteriormente,
y
en
sujeción
al
art.
333
del
Cód.
Pdto.
Civ.,
téngase
por
NO
PRESENTADA
la
demanda,
disponiéndose
el
archivo
de
obrados.
Regístrese
y
notifíquese.
Fdo.
Vocal
Sala
Primera
Dr.
Gonzalo
Castellanos
Trigo
Presidente
Sala
Primera
Dr.
Esteban
Miranda
Terán
Vocal
Sala
Primera
Dr.
Iván
Gantier
Lemoine
©
Tribunal
Agroambiental
2022