Auto Interlocutorio Definitivo S2/0012/2008
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0012/2008

Fecha: 02-Jun-2008

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S2ª Nº 12/2008
Expediente: Nº 39/08
Proceso: Contencioso Administrativo.
Demandantes: Teodoro Guzmán Zapata y Tito Rodríguez
Guzmán
Demandado: Juan Carlos Rojas Calizaya, Director Nacional del
INRA
Fecha: 2 de junio de 2008
Vocal Semanero: Dr. Luis A. Arratia Jiménez .
VISTOS: La demanda Contencioso Administrativa de fs. 61 a 63
interpuesta por Teodoro Guzmán Zapata y Tito Rodríguez
Guzmán, impugnando la Resolución Final de Saneamiento RFS-SS
N° 0096/2002 de 31 de octubre de 2002 y Declaratoria de Área
Saneada RA-SS N° 3307/2004 de 18 de octubre de 2004, el
decreto de fs. 65, el informe de fs. 67; y,
CONSIDERANDO: Que conforme se desprende de los antecedentes del proceso y del
informe de Secretaría de Cámara que antecede, por decreto de 5 de mayo de 2008 cursante
a fs. 65, el Tribunal Agrario Nacional dispuso que los impetrantes, con carácter previo a la
admisión de su demanda, subsanen las observaciones realizadas, otorgándoles para el efecto
el plazo perentorio de 10 días computables a partir del día siguiente hábil de su legal
notificación con el decreto de referencia.
Que los impetrantes, pese a su legal notificación el día martes 6 de mayo 2008 con el decreto
de 5 de mayo de 2008, conforme consta de la diligencia de notificación cursante a fs. 66,
hasta la fecha no han dado cumplimiento a lo observado como se desprende del informe
elaborado por la Secretaría de Cámara de Sala Segunda de fs. 67.
Que estando frente a una demanda defectuosa que no ha sido subsanada dentro del plazo
que al efecto se ha otorgado a los demandantes, corresponde darse cumplimiento al
apercibimiento establecido.
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional sin entrar en mayores
consideraciones de orden legal, en aplicación del art. 333 del Cód Pdto. Civ., aplicable en la
materia por el régimen de supletoriedad determinado en el art. 78 de la L. Nº 1715, tiene
POR NO PRESENTADA la demanda de fs. 61 a 63.
Regístrese y notifíquese.
Fdo.
Presidente Sala Segunda Dr. Luis Arratia Jiménez
Vocal Sala Segunda Dr. David Barrios Montaño
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