TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
S
1ª
Nº
33/2009
Expediente:
Nº
2527/09
Proceso:
Contencioso
Administrativo
Demandante:
Jaime
Palacios
Villarroel
en
representación
de
"Domar
Agropecuaria"
y
"El
Picaflor"
S.R.L.
Demandado:
Director
Nacional
del
INRA
Distrito:
Santa
Cruz
Fecha:
20
de
noviembre
de
2009
Vocal
Semanero:
Dr.
Iván
Gantier
Lemoine
VISTOS:
La
demanda
Contencioso
Administrativa
planteada
por
Jaime
Palacios
Villarroel
en
representación
de
"Domar
Agropecuaria"
y
"El
Picaflor"
S.R.L.,
que
impugna
la
Resolución
Administrativa
RA-SS
0521/2009
de
29
de
abril
de
2009,
emitida
por
el
Instituto
Nacional
de
Reforma
Agraria,
el
informe
de
fs.
17;
y,
CONSIDERANDO:
Mediante
proveído
de
13
de
octubre
de
2009
cursante
a
fs.
15
de
obrados,
se
dispone
que
con
carácter
previo
a
la
admisión
de
la
demanda
se
presente
la
resolución
que
se
impugna,
así
como
la
respectiva
constancia
de
notificación
con
la
resolución
cuya
impugnación
se
impetra,
habiéndose
concedido
al
efecto
el
plazo
de
15
días
computables
a
partir
de
su
legal
notificación,
bajo
apercibimiento
de
aplicarse
la
última
parte
del
Art.
333
del
Cód.
Pdto.
Civ.
CONSIDERANDO:
Que
no
obstante
su
legal
notificación
el
23
de
octubre
de
2009
con
la
providencia
referida
supra,
a
la
fecha
no
ha
dado
cumplimiento
a
lo
observado,
conforme
señala
el
informe
precedente
de
12
de
noviembre
del
año
en
curso;
habiendo
vencido
el
plazo
para
hacerlo.
POR
TANTO:
En
mérito
a
lo
señalado
anteriormente,
y
en
sujeción
al
art.
333
del
Cod.
Pdto.
Civ.,
téngase
por
NO
PRESENTADA
la
demanda,
disponiéndose
el
archivo
de
obrados.
Regístrese
y
archívese.-
Fdo.
Vocal
Sala
Primera
Dr.
Luís
A.
Arratia
Jiménez
Vocal
Sala
Primera
Dr.
Iván
Gantier
Lemoine
©
Tribunal
Agroambiental
2022