Auto Interlocutorio Definitivo S2/0038/2011
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0038/2011

Fecha: 19-Ago-2011

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO
S2ª Nº 38/2011
Expediente: Nº 3172-DCA-2011
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandante: Hernán Balcázar Toledo y Esther Gil de Balcázar.
Demandado: Director Nacional del INRA
Distrito: Santa Cruz
Fecha: Sucre, 19 de agosto de 2011
Vocal Semanero: Dr. David Barrios Montaño
VISTOS : El retiro de demanda de fs. 15; y,
CONSIDERANDO : Que Hugo Alberto Miranda aduciendo representar a Hernán Balcázar
Toledo y Esther Gil de Balcázar, por memorial de fs. 15, menciona que siendo evidentes las
observaciones a su demanda en relación a los vicios en la notificación, solicita el retiro de
demanda, sin renunciar al derecho que tienen sus representados.
Que de la revisión de antecedentes, se tiene que la demanda contencioso administrativa de
fs. 8 a 11 interpuesta por Hugo Alberto Miranda aduciendo representar a Hernán Balcázar
Toledo y Esther Gil de Balcázar impugnando la Resolución Administrativa RA-SS N° 1436/010
de 31 de diciembre de 2010, aún no fue admitida y menos existe respuesta alguna por parte
del demandado, siendo por tal viable el petitorio en observancia de la previsión contenida en
el art. 303 del Cód. Pdto. Civ., aplicable al caso por el régimen de supletoriedad previsto por
el art. 78 de la L. N° 1715.
POR TANTO : La Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, de conformidad con lo
dispuesto por el art. 303 del Cód. Pdto. Civ., ACEPTA el retiro de la demanda contencioso
administrativa de fs. 8 a 11 de obrados formulado por el impetrante declarándola como no
presentada, quedando de esta manera concluido de manera extraordinaria el presente
proceso contencioso administrativo, disponiéndose el archivo de obrados, sin costas.
Al otrosí.- Por señalado el domicilio procesal en Secretaria de Cámara de Sala Segunda del
Tribunal Agrario Nacional, conforme se dispuso en proveído de fs. 13 de obrados.
Al otrosí 2do.- Desglósese la documentación original y fotocopias legalizadas adjuntas,
debiendo quedar en su lugar fotocopias legalizadas y simples según corresponda, con cargo
al impetrante y constancia donde corresponda.
Regístrese y notifíquese.
Fdo.
Vocal Sala Segunda Dr. David Barrios Montaño
Vocal Sala Segunda Dr. Antonio Hassenteufel S.
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