TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
SL2ª
Nº
02/2012
Expediente:
Nº
3255-2011
Proceso:
ContenciosoAdministrativo
Demandantes:
Laida
Lino
Charupa
por
si
y
representante
de
Nicole
Rodríguez
Lino,
Neory
Rodríguez
Lino
y
Albania
Rodríguez
de
Almeida
Lino
Demandado:
Director
Nacional
del
INRA
y
otra
Distrito:
Beni
Fecha:
29
de
febrero
de
2012
Magistrada
Semanera:
Dra.
Miriam
Gloria
Pacheco
Herrera
VISTOS:
Los
antecedentes
del
proceso,
informe
que
antecede;
y,
CONSIDERANDO:
Que,
del
informe
de
Secretaría
de
Cámara
de
Sala
Segunda
Liquidadora
del
Tribunal
Agroambiental
cursante
a
fs.
33
de
obrados,
se
establece
que
memorial
de
subsanación
que
cursa
a
fs.
35
y
vta.
ha
sido
presentado
fuera
del
plazo
ampliatorio
concedió
en
el
Auto
de
23
de
noviembre
de
2011;
en
tal
virtud,
corresponde
aplicar
la
parte
infine
del
art.
333
del
Cód.
Pdto.
Civ.
Que,
la
no
subsanación
de
la
observación
realizada
en
el
plazo
otorgado
al
efecto,
faculta
a
este
Tribunal
para
considerar
dicha
demanda
como
no
presentada,
correspondiendo
en
consecuencia
emitir
pronunciamiento
en
ese
sentido.
POR
TANTO:
La
Sala
Segunda
Liquidadora
del
Tribunal
Agroambiental,
sin
entrar
en
mayores
consideraciones
de
orden
legal,
declara
POR
NO
PRESENTADA
la
demanda
Contenciosa
Administrativa
de
fs.
19
a
21de
obrados
incoada
por
Laida
Lino
Charupa
por
si
y
representante
de
Nicole
Rodríguez
Lino
y
Neory
Rodríguez
Lino
y
Albania
Rodríguez
de
Almeida
Lino.
Regístrese,
notifíquese
y
archívese.
Fdo.
Magistrada
Sala
Liquidadora
Segunda
Dra.
Miriam
Gloria
Pacheco
Herrara
Magistrada
Sala
Liquidadora
Segunda
Dr.
Javier
Aramayo
Caballero
Magistrada
Sala
Liquidadora
Segunda
Dra.
Rommy
Colque
Ballesteros
©
Tribunal
Agroambiental
2022