TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
SL2ª
Nº
17/2012
Expediente:
Nº
3248/2011
Proceso:
Contencioso
Administrativo
Demandantes:
Eliana
BertonGuachalla,
en
representación
de
Mercedes
Villarroel
Chavez
Demandado:
Director
Nacional
del
INRA
Distrito:
Santa
Cruz
Fecha:
15
de
mayo
de
2012
Magistrada
Semanera:
Dra.
RommyColque
Ballesteros
VISTOS:
Los
antecedentes
del
proceso,
informe
que
antecede;
y,
CONSIDERANDO:
Que,
del
informe
de
Secretaría
de
Cámara
de
Sala
Segunda
Liquidadora
del
Tribunal
Agroambiental
cursante
a
fs.
39
de
obrados,
se
establece
que
el
plazo
para
la
subsanación
de
demanda
que
cursa
a
fs.
37,
ha
sido
superado
abundantemente,
por
lo
que
corresponde
aplicar
la
parte
in
fine
del
art.
333
del
Cód.
Pdto.
Civ.
Que,
la
no
subsanación
de
la
observación
realizada
en
el
plazo
otorgado
al
efecto,
faculta
a
este
Tribunal
para
considerar
dicha
demanda
como
no
presentada,
correspondiendo
en
consecuencia
emitir
pronunciamiento
en
ese
sentido.
POR
TANTO:
La
Sala
Segunda
Liquidadora
del
Tribunal
Agroambiental,
sin
entrar
en
mayores
consideraciones
de
orden
legal,
declara
POR
NO
PRESENTADA
la
demanda
Contenciosa
Administrativa
de
fs.
30
a
34
de
obrados
incoada
por
Eliana
BertonGuachalla,
en
representación
de
Mercedes
Villarroel
Chavez.
Regístrese,
notifíquese
y
archívese.
Fdo.
Magistrado
Sala
Liquidadora
Segunda
Dr.
Javier
Aramayo
Caballero
Magistrada
Sala
Liquidadora
Segunda
Dra.
Rommy
Colque
Ballesteros
Magistrada
Sala
Liquidadora
Segunda
Dra.
Miriam
Gloria
Pacheco
Herrera
©
Tribunal
Agroambiental
2022