Auto Interlocutorio Definitivo S1/0014/2012L
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0014/2012L

Fecha: 24-Jul-2012

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª L. Nº 14/2012
Expediente: Nº 3187-DCA-2011
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandante: Antonio Huascar Sandoval Bauer
Demandado: Director Nacional a.i. del Instituto Nacional de
Reforma Agraria
Distrito: Santa Cruz
Lugar y Fecha: Sucre, 24 de julio de 2012
Magistrada Semanera: Dra. Isabel Ortuño Ibáñez
VISTOS: La demanda Contencioso Administrativa interpuesta por Antonio Huascar Sandoval
Bauer, en contra del Director Nacional a.i. del Instituto Nacional de Reforma Agraria
impugnando la Resolución Administrativa RA-SS Nº 0268/2011 de 25 de febrero de 2011, y;
CONSIDERANDO: Que, a través de memorial de fojas 5 a 7 de obrados, Antonio Huascar
Sandoval Bauer interpone recurso Contencioso Administrativo en contra de la Resolución
Administrativa RA-SS Nº 0268/2011 de 25 de febrero de 2011.
Por auto de 05 de agosto de 2011 de fojas 9 de obrados, se admite la demanda contenciosa
administrativa presentada por Antonio Huascar Sandoval Bauer, en todo cuanto fuere de ley
para su tramitación en la vía ordinaria de puro derecho, disponiéndose al mismo tiempo se
corra en traslado con la misma al demandado para que responda dentro del término de ley,
disponiendo se expida orden instruida encomendando su ejecución a la Sra. Juez Agrario de
La Paz, debiendo la parte actora proveer los recaudos de ley para el efecto señalado.
Por nota TAN SCS1ª Nº 337/2011 de 12 de septiembre de 2011 cursante a fojas 11 de
obrados, se solicita al Director Nacional del INRA la remisión de los antecedentes del proceso
de Saneamiento del predio "Belén 1A" ubicado en el cantón El Tuna, sección Tercera,
provincia Velasco del departamento de Santa Cruz.
Por Informe de 13 de julio de 2012 cursante a fojas 14 de obrados, el Secretario de Cámara
de Sala Primera Liquidadora informa que el Auto de 05 de agosto de 2011 ha sido notificado a
la parte demandante en fecha 16 de agosto de 2011 y que ésta última no ha provisto los
recaudos de ley a efectos de la citación correspondiente, habiendo quedado la presente
causa inactiva en el desarrollo de su procedimiento, desde la nota de fecha 12 de septiembre
de 2011.
Que, el artículo 309 parágrafo I del Cód. de Pdto. Civil, determina que: "Cuando en primera
instancia el demandante abandonare su acción durante seis meses, el juez de oficio o a
petición de parte, y sin más trámite declarará la perención de instancia, con costas",
evidenciándose que en el presente caso, conforme señala el informe de 13 de julio de 2012
emitido por el Secretario de Cámara de Sala Primera Liquidadora, han transcurrido nueve
meses de inactividad procesal.
POR TANTO : La Sala Primera Liquidadora del Tribunal Agroambiental, sin entrar en mayores
consideraciones de orden legal, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 309 del Cód. de
Pdto. Civil, aplicable supletoriamente por mandato del artículo 78 de la Ley Nº 1715 declara
la PERENCIÓN de la demanda Contencioso Administrativa de fs. 5 a 7 de obrados,
interpuesta por Antonio Huascar Sandoval Bauer, en contra del Director Nacional a.i. del
Instituto Nacional de Reforma Agraria impugnando la Resolución Administrativa RA-SS Nº
0268/2011 de 25 de febrero de 2011.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo.
Magistrada Sala Liquidadora Primera Dra. Lidia Chipana Chirinos
Magistrada Sala Liquidadora Primera Dra. Isabel Ortuño Ibáñez
Magistrado Sala Liquidadora Primera Dr. Mario Pacosillo Calsina

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