Auto Interlocutorio Definitivo S2/0025/2012L
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0025/2012L

Fecha: 03-Sep-2012

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S2ªL Nº 25/2012
Expediente: Nº 3261/2011
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandante: Maria Acela Nuñez De Jarandilla
Demandado: Director Nacional del INRA
Distrito: La Paz
Fecha: Sucre, 03 de septiembre de 2012
Magistrada Semanera: Dra. Miriam Gloria Pacheco Herrera
VISTOS: Los antecedentes del proceso, memorial que antecede; y,
CONSIDERANDO : Que en el presente proceso Contencioso Administrativo instaurado por
María Acela Núñez de Jarandilla contra el Director Nacional del INRA Juanito Félix Tapia
García, de los datos cursantes en el expediente y del informe de Secretaría de Sala Segunda
Liquidadora, que antecede, se evidencia que la demanda de la parte actora fue admitida
mediante Auto de fecha 02 de diciembre de 2011, cursante a fojas 30 y vuelta de obrados,
notificándose al demandante con dicho Auto de Admisión en fecha 02 de diciembre de 2011,
cursante a fojas 31, en el domicilio señalado en la demanda, Secretaría del Tribunal Agrario
Nacional, conforme consta en la diligencia de notificación cursante a fs. 31 de obrados.
Que, en el Auto de Admisión se dispone entre otros aspectos, cítese y córrase en traslado al
nombrado demandado para que respondan dentro del plazo de ley; a tal efecto, líbrese la
respectiva Orden Instruida, siguiendo procedimiento y provea oportunamente los recaudos de
ley.
No obstante a lo dispuesto, la parte actora no cumplió con lo ordenado en el Auto de fecha 02
de diciembre de 2011, cursante a fojas 30 y vuelta de obrados, dejando transcurrir el paso
del tiempo, abandonando la acción durante más de seis meses computable a partir de la
última actuación procesal señalada supra, al ser los mismos actos procesales de su directa
incumbencia y responsabilidad para el normal desarrollo del presente proceso.
Que, por lo señalado supra, el abandono de la acción por la parte demandante durante más
de seis meses, da lugar a la perención prevista por el art. 309 del Cod. Pdto. Civ. aplicable
supletoriamente por disposición del art. 78 de la L. Nº 1715.
POR TANTO: La Sala Segunda Liquidadora del Tribunal Agroambiental, de oficio, declara la
PERENCION de instancia en el presente proceso Contencioso Administrativo instaurado por
María Acela Núñez de Jarandilla contra el Director Nacional del INRA, Juanito Félix Tapia
García, disponiéndose el correspondiente archivo de obrados.
Regístrese y notifíquese.
Fdo.
Magistrado Sala Liquidadora Segunda Dr. Javier Aramayo Caballero
Magistrada Sala Liquidadora Segunda Dra. Rommy Colque Ballesteros
Magistrada Sala Liquidadora Segunda Dra. Miriam Gloria Pacheco Herrera
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