Auto Interlocutorio Definitivo S2/0026/2012L
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0026/2012L

Fecha: 03-Sep-2012

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S2ªL Nº 26/2012
Expediente: Nº 3194/2011
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandante: Pablo Vaca Salvatierra
Demandado: Director Nacional del INRA
Distrito: Tarija
Fecha: Sucre, 03 de septiembre de 2012
Magistrada Semanera: Dra. Miriam Gloria Pacheco Herrera
VISTOS: Los antecedentes del proceso, memorial que antecede; y,
CONSIDERANDO : Que en el presente proceso Contencioso Administrativo instaurado por
Pablo Vaca Salvatierra contra el Director Nacional del INRA Julio Urapotina Aguararupa, de los
datos cursantes en el expediente y del informe de Secretaria de Sala Segunda Liquidadora,
que antecede, se evidencia que la demanda de la parte actora fue admitida mediante Auto
de fecha 19 de agosto de 2011, cursante a fojas 91 y vuelta de obrados, notificándose al
demandante con dicho Auto de Admisión en fecha 23 de agosto de 2011, cursante a fojas 92
de obrados, en el domicilio señalado en la demanda, Secretaría del Tribunal Agrario Nacional,
conforme consta en la diligencia de notificación cursante a fs. 92 de obrados.
Que, en el Auto de Admisión se dispone entre otros aspectos, cítese y córrase en traslado al
nombrado demandado para que respondan dentro del plazo de ley; a tal efecto, disponer
líbrese la respectiva Orden Instruida, siguiendo procedimiento se provea oportunamente los
recaudos de ley.
No obstante a lo dispuesto, la parte actora no cumplió con lo ordenado en el Auto de fecha 19
de agosto de 2011, cursante a fojas 91 y vuelta de obrados, dejando transcurrir el paso del
tiempo, abandonando la acción durante un año y tres días computable a partir de la última
actuación procesal señalada supra, al ser los mismos actos procesales de su directa
incumbencia y responsabilidad para el normal desarrollo del presente proceso.
Que, por lo señalado supra, el abandono de la acción por la parte demandante durante más
de seis meses, da lugar a la perención prevista por el art. 309 del Cod. Pdto. Civ. aplicable
supletoriamente por disposición del art. 78 de la L. Nº 1715.
POR TANTO: La Sala Segunda Liquidadora del Tribunal Agroambiental, de oficio, declara la
PERENCION de instancia en el presente proceso Contencioso Administrativo instaurado por
Pablo Vaca Salvatierra contra el Director Nacional del INRA Julio Urapotina Aguararupa,
disponiéndose el correspondiente archivo de obrados.
Regístrese y notifíquese.
Fdo.
Magistrado Sala Liquidadora Segunda Dr. Javier Aramayo Caballero
Magistrada Sala Liquidadora Segunda Dra. Rommy Colque Ballesteros
Magistrada Sala Liquidadora Segunda Dra. Miriam Gloria Pacheco Herrera
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