Auto Interlocutorio Definitivo S1/0054/2013
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0054/2013

Fecha: 24-Oct-2013

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO
Expediente: N°2697-DCA-2010
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandante: Anabel Salazar López, en representación de
Modesto Ruíz Tejerina
Demandado: Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y
Ministra de
Desarrollo Rural y Tierras
Distrito: Chuquisaca
Fecha: Sucre 24 de octubre del 2013
Magistrada Semanera: Dra. Paty Yola Paucara Paco
VISTOS : El informe que antecede los datos del proceso y;
CONSIDERANDO: Que la perención de instancia, como uno de los modos de extraordinarios
de conclusión del proceso, es operable cuando el actor abandona la tramitación del juicio sin
que este efectué actos de procedimiento que le incumben para dar movimiento al proceso
dentro de los plazos legales previstos por la normativa procesal aplicable, actos que por su
naturaleza son aquellos que instan al desarrollo del proceso produciendo resultados legales y
efectivos a cargo necesariamente de la parte demandante, puesto que su dejadez
ocasionaría la paralización inevitable del proceso si los mismos no se realizan en su
oportunidad y dentro los plazos que prevé el procedimiento, lo cual impone que el órgano
jurisdiccional competente en el ejercicio de su potestad emanada de la ley, declare la
caducidad del trámite por el abandono en que incurre la parte demandante, al ser una
obligación de los jueces y tribunales el de concluir de alguna de las formas que prevé la ley
los procesos judiciales agrarios donde debe observarse el principio de celeridad que rige la
administración de justicia agraria consagrado en el art. 76 de la Ley N° 1715.
En ese contexto, en el presente proceso contencioso administrativo instaurado por Anabel
Salazar López en representación de Modesto Ruíz Tejerina, contra el Presidente del estado
Plurinacional de Bolivia y La Ministra de Desarrollo Rural y Tierras, conforme se desprende de
fecha 231 de octubre del 201, elaborado por la secretaria de sala Primera del Tribunal
Agroambiental y demás antecedentes del proceso, la demandante abandono su acción por
más de seis meses, lapso que se computa desde su ultima actuación procesal siendo esta la
nota de entrega de la Orden Instruida a la Dra. Anabel Salazar López., de fecha 19 de octubre
del 2012 para la citación de la tercera interesada conforme consta a fs. 154 de obrados, sin
que hubiese sido devuelta hasta la elaboración del informe que antecede.
Que conforme se encuentra previsto n el art. 309-I del Cód. Pdto. Civ. "Cuando el
demandante abandone su acción durante seis meses, el Juez de oficio o a petición de parte y
sin mas tramite declarara la perención de instancia" (sic), dado el estado del proceso
corresponde en el caso de autos dar aplicación a dicha disposición legal.
POR TANTO: LA SALA PRIMERA DEL TRIOBUNAL Agroambiental, sin entrar en mayores
consideraciones de orden legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 309 del Código de
Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por mandato expreso del art. 78 de la L. N°
1715. Declara la perención de instancia en el proceso contencioso administrativo incoado por
Anabel Salazar López en representación de Modesto Ruíz Tejerina, contra el Sr. Presidente del
Estado Plurinacional de Bolivia, Juan Evo Morales Ayma y la Ministra de Desarrollo Rural y
Tierras, Sra. Nemecia Achacollo Tola, disponiéndose el correspondiente archivo de obrados.
Regístrese y notifíquese.
Fdo.
Dr. Juan Ricardo Soto Butrón Magistrado Sala Primera
Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz Magistrada Sala Primera
Dra. Paty Y. Paucara Paco Magistrada Sala Primera

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