TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
S1a
N°
07/2016
Expediente:
1622/2015
Proceso:
Contencioso
Administrativo
Demandante:
Juan
Carlos
Cari
Fernández
Demandados:
Presidente
del
Estado
Plurinacional
de
Bolivia
y
Ministra
de
Desarrollo
Rural
y
Tierras
Distrito.
Tarija
Fecha:
29
de
enero
de
2016
Magistrada
Semanera:
Dra.
Paty
Yola
Paucara
Paco
VISTOS.
El
memorial
de
retiro
de
demanda
de
fs.
117
de
obrados,
los
antecedentes
del
proceso;
y,
CONSIDERANDO:
Que
el
demandante
Juan
Carlos
Cari
Fernández,
mediante
memorial
de
fs.
117
de
obrados,
al
no
haber
sido
aún
admitida
la
demanda,
solicita
que
se
proceda
al
retiro
de
la
demanda
Contencioso
Administrativa
interpuesta
contra
el
Presidente
del
Estado
Plurinacional
de
Bolivia
y
el
Ministro
de
Desarrollo
Rural
y
Tierras.
Que
de
la
revisión
de
los
antecedentes
del
proceso,
se
tiene
que
efectivamente
aún
no
fue
admitida
la
demanda,
lo
que
viabiliza
lo
peticionado,
debiendo
disponerse
en
este
sentido.
POR
TANTO:
La
Sala
Primera
del
Tribunal
Agroambiental,
de
conformidad
con
lo
dispuesto
por
el
art.
303
del
Código
de
Procedimiento
Civil,
aplicable
a
la
materia
por
el
régimen
de
supletoriedad
previsto
por
el
art.
78
de
la
L.
N°
1715,
ACEPTA
el
RETIRO
de
la
demanda
cursante
de
fs.
41
a
42
de
obrados,
considerando
a
la
misma
como
no
presentada,
disponiéndose
el
archivo
de
obrados.
Al
OTROSI
.-
Por
Secretaría
de
Sala
Primera,
procédase
al
desglose
de
la
documental
que
se
adjuntó
a
la
demanda,
debiendo
quedar
en
su
lugar
fotocopias
legalizadas
de
la
documental
original
y
simples
según
corresponda,
sea
con
las
formalidades
de
ley
y
con
cargo
al
solicitante.
Se
tiene
presente
la
autorización
al
efecto
solicitado.
Regístrese,
notifíquese
y
archívese.
Fdo.-
Magistrado
Sala
Primera
Dr.
Juan
Ricardo
Soto
Butrón.
Magistrada
Sala
Primera
Dra.
Gabriela
Cinthia
Armijo
Paz.
Magistrada
Sala
Primera
Dra.
Paty
Y.
Paucara
Paco.
©
Tribunal
Agroambiental
2022