Auto Interlocutorio Definitivo S1/0070/2016
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0070/2016

Fecha: 05-Dic-2016

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª Nº 070/2016
Expediente: Nº 1580/2015
Proceso: Acción Reivindicatoria
Demandante: Kahtrin Kohler Kreidstein, representada
legalmente por Luis Rodrigo Caballero Noya
Demandado: Luis Assad Simón Tovias, representado
legalmente por Mabel Annette Simón Pereira.
Distrito: Beni
Fecha: Sucre, 05 de diciembre de 2016
Magistrada Semanera: Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz
VISTOS: El memorial de fs. 413 de obrados, mediante el cual el representante de la
demandante, Kahtrin Kohler Kreidstein, haciendo referencia que en mérito a la Sentencia
Constitucional Plurinacional N° 0606/2016 - S2 de fecha 30 de mayo de 2016, pide se deje sin
efecto el Auto Nacional Agroambiental S1ª Nº 37/2016 de 17 de mayo de 2016, y se
mantenga subsistente el Auto Nacional Agroambiental S1ª Nº 52/2015 de 14 de agosto de
2015, emitido en el presente proceso.
CONSIDERANDO: Que, de la revisión de obrados se establece que en el presente Recurso se
emitió el Auto Nacional Agroambiental S1ª Nº 37/2016 de 17 de mayo de 2016, cursante a fs.
241 a 249 y vta. de obrados, en cumplimiento al Auto de Amparo Constitucional N° 07/2016
de 23 de marzo de 2016 de fs. 218 a 226 y vta. de obrados, que dispone conceder en parte la
tutela constitucional invocada por Mabel Annette Simón Pereira como heredera y en
representación legal de Delia Pereira Rodriguez de Simón, Luis Assad Simon Pereira,
Marinella Simon Pereira, Ricardo Wilson Simon Pereira, Harold Ernesto Simon Pereira y Delia
Verónica Simón Pereira y ordena emitir nuevo Auto Nacional Agroambiental al haberse
lesionado el derecho del debido proceso en sus vertientes de falta de motivación,
fundamentación y debida valoración de la prueba aportada por las partes, no así con relación
al principio de congruencia; en ese ínterin, se emite la Sentencia Constitucional Plurinacional
N° 0606/2016 - S2 de fecha 30 de mayo de 2016, que en copia legalizada cursa de fs. 379 a
398 de obrados, mediante la cual en revisión, el Tribunal Constitucional Plurinacional revoca
la Resolución N° 07/2016 de 23 de marzo de 2016, denegándose la tutela constitucional
impetrada por Mabel Annette Simón Pereira; constataciones que hacen ver que al dejarse sin
efecto el fallo constitucional que dio lugar a la emisión del Auto Nacional Agroambiental S1ª
Nº 37/2016 de 17 de mayo de 2016, éste quedó sin efecto jurídico alguno, dando lugar a que
se mantenga subsistente el Auto Nacional Agroambiental S1ª Nº 52/2015 de 14 de agosto de
2015; por lo que en aplicación del art. 203 de la CPE, el Tribunal Agroambiental debe dar
cumplimiento a las decisiones de la Justicia Constitucional, disponiendo lo que corresponda
en derecho.
POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, sin ingresar en mayores
consideraciones de orden legal; en cumplimiento de la Sentencia Constitucional Plurinacional
N° 0606/2016 - S2 de fecha 30 de mayo de 2016; DEJA SIN EFECTO LEGAL el Auto Nacional
Agroambiental S1ª Nº 37/2016 de 17 de mayo de 2016, cursante a fs. 241 a 249 y vta. de
obrados, quedando vigente y con todos sus efectos legales el Auto Nacional Agroambiental
S1ª Nº 52/2015 de 14 de agosto de 2015, cursante de fs. 193 a 198 de obrados.
Otrosí 1°.- Téngase por señalado.
Comuníquese el presente Auto Interlocutorio Definitivo a la Dra. Jackeline Ruiz Suárez, Jueza
Agroambiental de San Borja - Beni, a los fines legales consiguientes.
Regístrese y notifíquese.-
Firmado
Magistrado Sala Primera Dr. Juan Ricardo Soto Butrón
Magistrada Sala Primera Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz
Magistrada Sala Primera Dra. Paty Yola Paucara Paco

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
© Tribunal Agroambiental 2022

Vista, DOCUMENTO COMPLETO