Auto Interlocutorio Definitivo S2/0047/2016
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0047/2016

Fecha: 09-May-2016

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S2ª Nº 047/2016
Expediente: Nº 2007-DCA-2016
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandante: Blanca Cristina Mendoza Gonzales en
representación legal de Aissar Yusef Tovias Billewicz
Demandado: Juan Evo Morales Ayma, Presidente Constitucional
del Estado Plurinacional de Bolivia y Cesar Hugo Cocarico Yana,
Ministro de Desarrollo Rural y Tierras.
Distrito: La Paz
Fecha: Sucre, 09 de mayo de 2016
Magistrada Semanera: Deysi Villagómez Velasco
VISTOS: La demanda contencioso administrativa de fs. 16 a 20 vta. interpuesta por Blanca
Cristina Mendoza Gonzales en representación de Aissar Yusef Tovias Billewicz, contra Juan
Evo Morales Ayma, Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia y Cesar Hugo
Cocarico Yana, Ministro de Desarrollo Rural y Tierras, impugnando la Resolución
Administrativa RA-SS N° 17273/2015 de 14 de diciembre de 2015, los antecedentes
procesales; y,
CONSIDERANDO: Que conforme al art. 68 de la L. Nº 1715 de 18 de octubre de 1996, se
tiene un plazo perentorio de treinta días para la interposición de procesos contenciosos
administrativos computables a partir de la notificación con la resolución final de saneamiento
a ser impugnada.
Que, de la revisión de antecedentes, se evidencia que el demandante Aissar Yusef Tovias
Billewicz, fue notificado en calidad de testigo con la Resolución Administrativa RA-SS N°
17273/2015 de 14 de diciembre de 2015, el día miércoles 9 de marzo de 2016 a hrs. 11:05,
conforme se establece de la diligencia de notificación cursante a fs. 25 de obrados, asimismo,
se advierte que la referida demanda contencioso administrativa, fue presentada a este
tribunal a hrs. 10:40 del día lunes 11 de abril de 2016, tal cual se desprende del cargo de
presentación cursante a fs. 20 y vta. de obrados.
Que, tomando en cuenta la fecha de notificación con la resolución administrativa impugnada
y la fecha de presentación de la demanda contencioso administrativa a este tribunal,
efectuándose el cómputo conforme a las previsiones contenidas por el art. 68 de la L. Nº
1715 modificada por la L. Nº 3545 de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria, la
referida demanda contencioso administrativa incoada por Blanca Cristina Mendoza Gonzales
en representación de Aissar Yusef Tovias Billewicz, fue interpuesta fuera del plazo perentorio
de 30 días previsto en el art. 68 de la L. Nº 1715, habiendo fenecido el plazo para su
presentación el 8 de abril de 2016.
Que, la interposición extemporánea de la demanda contencioso administrativa, no abre la
competencia del Tribunal Agroambiental para la sustanciación del proceso, correspondiendo
en consecuencia emitir pronunciamiento en ese sentido.
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, sin entrar en mayores
consideraciones legales, RECHAZA la demanda contencioso administrativa de fs. 16 a 20
vta. de obrados interpuesta por Blanca Cristina Mendoza Gonzales en representación de
Aissar Yusef Tovias Billewicz, por extemporánea, conforme establece el art. 68 de la L. N°
1715.
Regístrese y archívese.-
Fdo.
Magistrado Sala Segunda Dr. Javier Peñafiel Bravo.
Magistrada Sala Segunda Dra. Deysi Villagomez Velasco.
Magistrado Sala Segunda Dr. Bernardo Huarachi Tola.

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