Auto Interlocutorio Definitivo S1/0042/2016
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0042/2016

Fecha: 14-Jul-2016

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª Nº 42/2016
Expediente: Nº 2114/2016
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandante René Paredes Avendaño
Demandado: Director Nacional a.i. del INRA
Distrito: Tarija
Fecha: Sucre, 14 de julio de 2016
Magistrada Semanera: Dra. Paty Yola Paucara Paco
VISTOS : La demanda contencioso administrativa de fs. 19 a 24 y vta., memorial de
subsanación de fs. 28 y vta. y de fs. 39 a 43 de obrados, interpuesta por René Paredes
Avendaño, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO : Que de la revisión de antecedentes, se evidencia que el demandante
René Paredes Avendaño, fue notificado con la Resolución Administrativa RA-SS N° 0203/2016
de 04 de febrero de 2016, que impugna, el 09 de mayo de 2016, conforme se desprende de
la fotocopia legalizada de la diligencia de notificación cursante a fs. 31 de obrados; asimismo,
se advierte que la referida demanda contencioso administrativa fue presentada en éste
Tribunal el 09 de junio de 2016, tal cual consta en el sello de recepción de Secretaría y cargo
de Sala Plena del Tribunal Agroambiental cursantes a fs. 24 vta. y 25 de obrados,
respectivamente.
Que tomando en cuenta la fecha de notificación con la resolución administrativa impugnada,
efectuada el 09 de mayo de 2016 y la fecha de presentación de la demanda contencioso
administrativa ocurrida el 09 de junio de 2016, efectuando el cómputo conforme a la
previsión contenida por el art. 68 de la L. N° 1715; se advierte, que la referida demanda
contencioso administrativa de fs. 19 a 24 y vta., fue interpuesta fuera del plazo perentorio de
30 días previsto por el señalado art. 68 de la L. N° 1715.
Que la interposición extemporánea de la demanda contencioso administrativa, no abre la
competencia del Tribunal Agroambiental para su sustanciación, correspondiendo en
consecuencia emitir pronunciamiento en ese sentido.
POR TANTO : La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, sin entrar en mayores
consideraciones legales, declara NO HABER LUGAR a la admisión de la demanda
contencioso administrativa de fs. 19 a 24 y vta. de obrados, por extemporánea.
No suscribe la Magistrada, Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz, por encontrarse ausente en
comisión oficial.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo.-
Magistrado Sala Primera Dr. Juan Ricardo Soto Butrón.
Magistrada Sala Primera Dra. Paty Y. Paucara Paco.
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