TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
S1ª
Nº
42/2016
Expediente:
Nº
2114/2016
Proceso:
Contencioso
Administrativo
Demandante
René
Paredes
Avendaño
Demandado:
Director
Nacional
a.i.
del
INRA
Distrito:
Tarija
Fecha:
Sucre,
14
de
julio
de
2016
Magistrada
Semanera:
Dra.
Paty
Yola
Paucara
Paco
VISTOS
:
La
demanda
contencioso
administrativa
de
fs.
19
a
24
y
vta.,
memorial
de
subsanación
de
fs.
28
y
vta.
y
de
fs.
39
a
43
de
obrados,
interpuesta
por
René
Paredes
Avendaño,
los
antecedentes
procesales;
y,
CONSIDERANDO
:
Que
de
la
revisión
de
antecedentes,
se
evidencia
que
el
demandante
René
Paredes
Avendaño,
fue
notificado
con
la
Resolución
Administrativa
RA-SS
N°
0203/2016
de
04
de
febrero
de
2016,
que
impugna,
el
09
de
mayo
de
2016,
conforme
se
desprende
de
la
fotocopia
legalizada
de
la
diligencia
de
notificación
cursante
a
fs.
31
de
obrados;
asimismo,
se
advierte
que
la
referida
demanda
contencioso
administrativa
fue
presentada
en
éste
Tribunal
el
09
de
junio
de
2016,
tal
cual
consta
en
el
sello
de
recepción
de
Secretaría
y
cargo
de
Sala
Plena
del
Tribunal
Agroambiental
cursantes
a
fs.
24
vta.
y
25
de
obrados,
respectivamente.
Que
tomando
en
cuenta
la
fecha
de
notificación
con
la
resolución
administrativa
impugnada,
efectuada
el
09
de
mayo
de
2016
y
la
fecha
de
presentación
de
la
demanda
contencioso
administrativa
ocurrida
el
09
de
junio
de
2016,
efectuando
el
cómputo
conforme
a
la
previsión
contenida
por
el
art.
68
de
la
L.
N°
1715;
se
advierte,
que
la
referida
demanda
contencioso
administrativa
de
fs.
19
a
24
y
vta.,
fue
interpuesta
fuera
del
plazo
perentorio
de
30
días
previsto
por
el
señalado
art.
68
de
la
L.
N°
1715.
Que
la
interposición
extemporánea
de
la
demanda
contencioso
administrativa,
no
abre
la
competencia
del
Tribunal
Agroambiental
para
su
sustanciación,
correspondiendo
en
consecuencia
emitir
pronunciamiento
en
ese
sentido.
POR
TANTO
:
La
Sala
Primera
del
Tribunal
Agroambiental,
sin
entrar
en
mayores
consideraciones
legales,
declara
NO
HABER
LUGAR
a
la
admisión
de
la
demanda
contencioso
administrativa
de
fs.
19
a
24
y
vta.
de
obrados,
por
extemporánea.
No
suscribe
la
Magistrada,
Dra.
Gabriela
Cinthia
Armijo
Paz,
por
encontrarse
ausente
en
comisión
oficial.
Regístrese,
notifíquese
y
archívese.
Fdo.-
Magistrado
Sala
Primera
Dr.
Juan
Ricardo
Soto
Butrón.
Magistrada
Sala
Primera
Dra.
Paty
Y.
Paucara
Paco.
©
Tribunal
Agroambiental
2022