TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
RESOLUCIÓN
ANULADA
MEDIANTE
AMPARO
CONSTITUCIONAL
RESOLUCIÓN
VIGENTE
SAN-S2-0046-2018
https://bit.ly/3hnS4ae
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
S2a
No.
08/2017
Expediente
:
No.
2421-DCA-2017
Proceso
:
Contencioso
Administrativo
Demandante
:
Edgar
Santiago
Vargas
Zalleg
en
representación
de
Wilton
Batista
Miranda
y
Juliano
Costa
Márquez
Miranda.
Demandado
:
Juan
Evo
Morales
Ayma,
Presidente
Constituticonal
del
Estado
Plurinacional
de
Bolivia
y
Jhonny
Oscar
Cordero
Nuñez,
Director
Nacional
a.i.
del
INRA.
Distrito
:
Santa
Cruz
Propiedad
:
"El
Cerrito
y
San
Silvestre"
Fecha
:
Sucre,
30
de
enero
de
2017
Magistrado
Semanero
:
Dr.
Bernardo
Huarachi
Tola
VISTOS
:
La
demanda
contencioso
administrativa
de
fs.
32
a
36
vta.
memorial
de
subsanación
cursante
a
fs.
43
interpuesta
por
Edgar
Santiago
Vargas
Zalleg
en
representación
de
Wilton
Batista
Miranda
y
Juliano
Costa
Márquez
Miranda
contra
Juan
Evo
Morales
Ayma,
Presidente
del
Estado
Plurinacional
de
Bolivia
y
Jhonny
Oscar
Cordero
Nuñez,
Director
Nacional
a.i.
del
INRA,
los
antecedentes
procesales;
y,
CONSIDERANDO
:
Que,
conforme
establece
el
art.
189
núm.
3
de
la
Constitución
Política
del
Estado,
y
art.
36
núm.
3.
de
la
Ley
No.
1715,
corresponde
al
Tribunal
Agroambiental
a
través
de
sus
Salas
Primera
y
Segunda,
"conocer
y
resolver
en
única
instancia
los
procesos
contencioso
administrativos
que
resulten
de
los
contratos,
negociaciones,
autorizaciones,
otorgación,
distribución
y
redistribución
de
derechos
de
aprovechamiento
de
los
recursos
naturales
renovables,
y
de
los
demás
actos
y
resoluciones
administrativas",
tratándose
de
resoluciones
emergentes
del
proceso
de
saneamiento
y
regularización
de
la
propiedad
agraria,
como
en
el
caso
de
autos,
demanda
que
debe
ser
presentada
en
el
término
perentorio
de
treinta
días
computables
a
partir
de
su
notificación
con
la
resolución
que
se
impugna,
conforme
establece
el
art.
68
de
la
L.
No.
1715.
Que,
de
la
revisión
de
antecedentes,
Wilton
Batista
Miranda
y
Juliano
Costa
Márquez
Miranda,
fueron
notificados
con
la
Resolución
Suprema
No.
17598
de
24
de
diciembre
de
2015,
a
horas
15:07
del
día
07
de
noviembre
de
2016
,
conforme
consta
de
las
diligencias
de
fs.7
y
8
(Fotocopias
simples)
y
originales
de
fs.
41
y
42
de
obrados,
adjuntadas
por
el
apoderado
Edgar
Santiago
Vargas
Zalleg,
representante
de
los
demandantes.
Asimismo,
se
constata
que
la
demanda
contencioso
administrativa
fue
presentada
a
éste
Tribunal
Agroambiental
a
horas
08:40
del
día
03
de
enero
de
2017
,
conforme
se
evidencia
del
cargo
de
recepción
cursante
a
fs.
36
vta.
de
obrados.
Que,
tomando
en
cuenta
la
fecha
de
notificación
con
la
Resolución
Suprema
impugnada
y
la
fecha
de
presentación
de
la
demanda
contenciosa
administrativa,
y
efectuado
el
cómputo
del
plazo
establecido
en
el
art.
68
de
la
Ley
No.
1715
modificada
por
la
Ley
No.
3545
y
Disposición
Final
Vigésima
Quinta
del
D.
S.
No.
29215,
la
demanda
contenciosa
administrativa
de
fs.
32
a
36
vta.,
presentada
por
Edgar
Santiago
Vargas
Zalleg
en
representación
de
Wilton
Batista
Miranda
y
Juliano
Costa
Márquez
Miranda
contra
Juan
Evo
Morales
Ayma,
Presidente
del
Estado
Plurinacional
de
Bolivia
y
Jhonny
Oscar
Cordero
Nuñez,
Director
Nacional
a.i.
del
INRA,
fue
interpuesta
fuera
del
plazo
perentorio
de
treinta
(30)
días
establecido
en
el
art.
68
de
la
Ley
No.
1715
,
habiendo
vencido
el
plazo
para
la
interposición
de
la
demanda
el
7
de
diciembre
de
2016,
norma
que
establece:
"Las
resoluciones
emergentes
del
proceso
de
saneamiento
serán
impugnadas
únicamente
ante
el
Tribunal
Agrario
Nacional
TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
(ahora
Tribunal
Agroambiental
),
en
proceso
contencioso-administrativo,
en
el
plazo
perentorio
de
treinta
días
(30)
computables
a
partir
de
su
notificación
"
(Sic.
)
(Las
negrillas
y
subrayado
es
agregada)
.
Que,
la
interposición
extemporánea
de
la
demanda
contenciosa
administrativa,
no
se
abre
la
competencia
del
Tribunal
Agroambiental
para
su
tramitación,
correspondiendo
en
consecuencia
emitir
pronunciamiento
en
ese
sentido.
POR
TANTO
:
La
Sala
Segunda
del
Tribunal
Agroambiental,
sin
entrar
en
mayores
consideraciones
legales,
RECHAZA
la
demanda
contenciosa
administrativa
de
fs.
32
a
36
vta.,
presentada
por
Edgar
Santiago
Vargas
Zalleg
en
representación
de
Wilton
Batista
Miranda
y
Juliano
Costa
Márquez
Miranda
contra
Juan
Evo
Morales
Ayma,
Presidente
del
Estado
Plurinacional
de
Bolivia
y
Jhonny
Oscar
Cordero
Nuñez,
Director
Nacional
a.i.
del
INRA,
por
extemporánea.
Providenciando
los
otrosí
No.
1
del
memorial
cursante
a
fs.
43.-
Por
adjunta
la
literal
de
referencia
conforme
al
cargo
de
recepción
cursante
a
fs.
43
vta.,
y
estese
a
lo
resuelto
en
el
presente
Auto.
REGÍSTRESE,
NOTIFÍQUESE
Y
ARCHÍVESE.-
Fdo.
Magistrado
Sala
Segunda
Dr.
Lucio
Fuentes
Hinojosa.
Magistrada
Sala
Segunda
Dra.
Deysi
Villagomez
Velasco.
Magistrado
Sala
Segunda
Dr.
Bernardo
Huarachi
Tola.
©
Tribunal
Agroambiental
2022