TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
S1ª
Nº
40/2017
Expediente
:
Nº
2477/2017
Proceso
:
Nulidad
de
Título
Ejecutorial
Demandantes
:
Bernardo
Lola
Padilla,
Leonarda
Sosa
Vivero
de
Lola,
Líder
Lola
Sosa
y
Bernardo
Lola
Sosa
Demandado
:
Asociación
de
Pequeños
Productores
Agropecuarios
"San
Juan"
Distrito
:
Santa
Cruz
Fecha
:
Sucre,
05
de
julio
de
2017
Magistrada
Semanera
:
Dra.
Gabriela
Cinthia
Armijo
Paz
VISTOS:
El
memorial
de
retiro
de
demanda
cursante
a
fs.
911
de
obrados,
demás
antecedentes
del
proceso;
y,
CONSIDERANDO:
Que,
Bernardo
Lola
Padilla,
Leonarda
Sosa
Vivero
de
Lola,
Líder
Lola
Sosa
y
Bernardo
Lola
Sosa,
mediante
memorial
de
fs.
911
de
obrados,
manifiestan
que
no
pudiendo
haber
cumplido
con
la
presentación
de
Certificado
de
Emisión
de
Título
Ejecutorial,
objeto
de
la
presente
demanda
en
tiempo
oportuno,
con
la
finalidad
de
presentar
nuevamente
una
demanda
de
la
misma
naturaleza,
solicitan
retiro
de
su
demanda.
Que,
de
la
revisión
de
obrados
se
tiene
que
la
demanda
de
Nulidad
de
Título
Ejecutorial
fue
observada
mediante
decretos
de
03
de
febrero
de
2017
y
30
de
marzo
de
2017,
cursantes
a
fs.
891
y
898
y
vta.
de
obrados
respectivamente,
no
habiendo
sido
admitida
hasta
la
fecha,
por
tanto
los
demandados
al
no
haber
sido
citados
con
la
misma,
no
existe
aún
la
relación
procesal;
en
consecuencia
corresponde
deferir
favorablemente
la
solicitud
de
retiro
de
demanda,
por
ser
interpuesta
antes
de
la
admisión
de
la
demanda.
POR
TANTO:
La
Sala
Primera
del
Tribunal
Agroambiental,
de
conformidad
con
lo
dispuesto
por
el
art.
303
del
Cód.
Pdto.
Civ.,
de
aplicación
supletoria
a
la
materia
en
virtud
del
art.
78
de
la
L.
N°
1715,
modificada
parcialmente
por
la
L.
N°
3545;
ACEPTA
el
RETIRO
de
la
demanda
cursante
de
fs.
861
a
889
y
vta.
de
obrados,
teniéndose
la
misma
como
no
presentada,
disponiéndose
el
archivo
de
obrados.
AL
OTROSÍ
1.-
Por
adjuntada
la
documental
de
referencia.
AL
OTROSÍ
2.-
Por
Secretaría
de
Sala
Primera,
procédase
al
desglose
de
la
documental
original
adjuntada
por
la
parte
actora,
debiendo
quedar
en
su
lugar
fotocopia
simple
o
legalizada
según
corresponda,
así
también
otórguese
fotocopia
simple
de
todo
el
expediente,
sea
todo
previo
cumplimiento
de
los
recaudos
de
ley
y
constancia
donde
corresponda.
Por
otro
lado,
conforme
a
lo
peticionado
por
los
actores,
otórguese
dicha
documentación
al
señor
Arturo
Aliaga
Alcaraz,
bajo
constancia.
No
suscribe
la
Dra.
Paty
Yola
Paucara
Paco,
por
encontrarse
con
baja
médica.
Regístrese,
notifíquese
y
archívese.-
Fdo.-
Magistrada
Sala
Primera
Dra.
Gabriela
Cinthia
Armijo
Paz.
Magistrado
Sala
Primera
Dr.
Juan
Ricardo
Soto
Butrón.
©
Tribunal
Agroambiental
2022