Auto Interlocutorio Definitivo S1/0066/2017
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0066/2017

Fecha: 06-Sep-2017

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª Nº 66/2017
Expediente: Nº 1769/2015
Proceso: Contencioso Administrativa
Demandante: Doris Menacho Cabrera
Demandado: Director Nacional a.i. del INRA.
Distrito: Santa Cruz
Fecha: Sucre, 06 de septiembre de 2017
Magistrado Relator: Dr. Juan Ricardo Soto Butrón
VISTOS : El expediente del proceso contencioso administrativo, la remisión de la Sentencia
Constitucional Plurinacional N° 0198/2017-S2 por la Unidad de Desarrollo Normativo y
Gestión Judicial del Tribunal Agroambiental; y,
CONSIDERANDO : Que, de la revisión del expediente en el caso de autos, se evidencia que
se emitió la Sentencia Agroambiental Nacional S1a N° 43/2016 de 15 de junio de 2016
cursante de fs. 117 a 126 de obrados, mediante la cual se declara Improbada la demanda.
Que, ante la interposición de Acción de Amparo Constitucional contra la citada Sentencia, el
Juez Público Mixto de Cotoca, constituido en Tribunal de Garantías Constitucionales, mediante
resolución de 14 de noviembre de 2016 otorga la tutela dejando sin efecto la Sentencia
Agroambiental Nacional S1a N° 43/2016 de 15 de junio de 2016.
Que, mediante proveído de 1 de agosto de 2017 cursante a fs. 208 de obrados, se procede a
señalar fecha y hora de sorteo para la emisión de una nueva Sentencia Agroambiental
Nacional, mismo que es realizado el 02 de agosto de 2017 conforme cursa a fs. 210 de
obrados, siendo Magistrado Relator el Dr. Juan Ricardo Soto Butrón.
Que, mediante oficio Cite N° 297/2017 de 30 de agosto de 2017 cursante a fs. 234 de
obrados, la Unidad de Desarrollo Normativo y Gestión Judicial del Tribunal Agroambiental,
remite en fotocopia legalizada la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 198/2017-S2 de 13
de marzo de 2017 cursante de fs. 214 a 233 de obrados, mediante la cual se REVOCA en
todo la Resolución de 03 de 14 de noviembre de 2016, pronunciada por el Juez
Público Mixto de Cotoca y en consecuencia se DENIEGA la tutela solicitada .
Que, ante la determinación asumida por el Tribunal Constitucional Plurinacional, al haberse
Denegado la Tutela solicitada, la Sentencia Agroambiental Nacional S1a N° 43/2016 de 15 de
junio de 2016 emitida por la Sala Primera del Tribunal Agroambiental se encuentra firme,
incólume y vigente.
POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, en cumplimiento del art. 203 de la
CPE concordante con el art. 15 de la Ley N° 254, sin ingresar a mayores consideraciones de
orden legal, en cumplimiento de la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0198/2017-S2
de 13 de marzo de 2017 resuelve:
1.Deja sin efecto el proveído de 1 de agosto de 2017 cursante a fs. 208 de obrados, así como
todas las actuaciones posteriores a éste.
2.Mantiene incólume y con todos sus efectos legales la Sentencia Agroambiental Nacional
S1a N° 43/2016 de 15 de junio de 2016 cursante de fs. 117 a 126 de obrados.
Notificadas las partes con el presente Auto Interlocutorio Definitivo, procédase al archivo
definitivo del
expediente,
previa devolución de la carpeta de saneamiento al
INRA,
observando que habiéndose devuelto ya una primera vez los antecedentes, de acuerdo al
actuado del 13 de octubre de 2016 cursante a fs. 133 de obrados, deberá quedar fotocopias
simples o legalizadas según corresponda de fs. 470 a fs. 490 vta., con cargo al ente
administrativo.
Regístrese, notifíquese y archívese .
Fdo.-
Magistrado Sala Primera Dr. Juan Ricardo Soto Butrón.
Magistrada Sala Primera Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz.

TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
Magistrada Sala Primera Dra. Paty Y. Paucara Paco.
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