TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
AUTO
INTERLOCUTORIO
DEFINITIVO
S1ª
Nº
66/2017
Expediente:
Nº
1769/2015
Proceso:
Contencioso
Administrativa
Demandante:
Doris
Menacho
Cabrera
Demandado:
Director
Nacional
a.i.
del
INRA.
Distrito:
Santa
Cruz
Fecha:
Sucre,
06
de
septiembre
de
2017
Magistrado
Relator:
Dr.
Juan
Ricardo
Soto
Butrón
VISTOS
:
El
expediente
del
proceso
contencioso
administrativo,
la
remisión
de
la
Sentencia
Constitucional
Plurinacional
N°
0198/2017-S2
por
la
Unidad
de
Desarrollo
Normativo
y
Gestión
Judicial
del
Tribunal
Agroambiental;
y,
CONSIDERANDO
:
Que,
de
la
revisión
del
expediente
en
el
caso
de
autos,
se
evidencia
que
se
emitió
la
Sentencia
Agroambiental
Nacional
S1a
N°
43/2016
de
15
de
junio
de
2016
cursante
de
fs.
117
a
126
de
obrados,
mediante
la
cual
se
declara
Improbada
la
demanda.
Que,
ante
la
interposición
de
Acción
de
Amparo
Constitucional
contra
la
citada
Sentencia,
el
Juez
Público
Mixto
de
Cotoca,
constituido
en
Tribunal
de
Garantías
Constitucionales,
mediante
resolución
de
14
de
noviembre
de
2016
otorga
la
tutela
dejando
sin
efecto
la
Sentencia
Agroambiental
Nacional
S1a
N°
43/2016
de
15
de
junio
de
2016.
Que,
mediante
proveído
de
1
de
agosto
de
2017
cursante
a
fs.
208
de
obrados,
se
procede
a
señalar
fecha
y
hora
de
sorteo
para
la
emisión
de
una
nueva
Sentencia
Agroambiental
Nacional,
mismo
que
es
realizado
el
02
de
agosto
de
2017
conforme
cursa
a
fs.
210
de
obrados,
siendo
Magistrado
Relator
el
Dr.
Juan
Ricardo
Soto
Butrón.
Que,
mediante
oficio
Cite
N°
297/2017
de
30
de
agosto
de
2017
cursante
a
fs.
234
de
obrados,
la
Unidad
de
Desarrollo
Normativo
y
Gestión
Judicial
del
Tribunal
Agroambiental,
remite
en
fotocopia
legalizada
la
Sentencia
Constitucional
Plurinacional
N°
198/2017-S2
de
13
de
marzo
de
2017
cursante
de
fs.
214
a
233
de
obrados,
mediante
la
cual
se
REVOCA
en
todo
la
Resolución
de
03
de
14
de
noviembre
de
2016,
pronunciada
por
el
Juez
Público
Mixto
de
Cotoca
y
en
consecuencia
se
DENIEGA
la
tutela
solicitada
.
Que,
ante
la
determinación
asumida
por
el
Tribunal
Constitucional
Plurinacional,
al
haberse
Denegado
la
Tutela
solicitada,
la
Sentencia
Agroambiental
Nacional
S1a
N°
43/2016
de
15
de
junio
de
2016
emitida
por
la
Sala
Primera
del
Tribunal
Agroambiental
se
encuentra
firme,
incólume
y
vigente.
POR
TANTO:
La
Sala
Primera
del
Tribunal
Agroambiental,
en
cumplimiento
del
art.
203
de
la
CPE
concordante
con
el
art.
15
de
la
Ley
N°
254,
sin
ingresar
a
mayores
consideraciones
de
orden
legal,
en
cumplimiento
de
la
Sentencia
Constitucional
Plurinacional
N°
0198/2017-S2
de
13
de
marzo
de
2017
resuelve:
1.Deja
sin
efecto
el
proveído
de
1
de
agosto
de
2017
cursante
a
fs.
208
de
obrados,
así
como
todas
las
actuaciones
posteriores
a
éste.
2.Mantiene
incólume
y
con
todos
sus
efectos
legales
la
Sentencia
Agroambiental
Nacional
S1a
N°
43/2016
de
15
de
junio
de
2016
cursante
de
fs.
117
a
126
de
obrados.
Notificadas
las
partes
con
el
presente
Auto
Interlocutorio
Definitivo,
procédase
al
archivo
definitivo
del
expediente,
previa
devolución
de
la
carpeta
de
saneamiento
al
INRA,
observando
que
habiéndose
devuelto
ya
una
primera
vez
los
antecedentes,
de
acuerdo
al
actuado
del
13
de
octubre
de
2016
cursante
a
fs.
133
de
obrados,
deberá
quedar
fotocopias
simples
o
legalizadas
según
corresponda
de
fs.
470
a
fs.
490
vta.,
con
cargo
al
ente
administrativo.
Regístrese,
notifíquese
y
archívese
.
Fdo.-
Magistrado
Sala
Primera
Dr.
Juan
Ricardo
Soto
Butrón.
Magistrada
Sala
Primera
Dra.
Gabriela
Cinthia
Armijo
Paz.
TRIBUNAL
AGROAMBIENTAL
Magistrada
Sala
Primera
Dra.
Paty
Y.
Paucara
Paco.
©
Tribunal
Agroambiental
2022