POR TANTO
La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 240, 241 y 242 del Código Procesal Civil, ACEPTA el DESISTIMIENTO de la Acción y del Derecho o pretensión interpuesto en la demanda Contenciosa Administrativa por los demandantes María Elsa Abril Gutiérrez y Roberto Rodrigano, solicitada expresamente mediante memorial de fs. 543 de obrados, quedando de este modo concluido de manera extraordinaria el presente proceso contencioso administrativo signado con el N° 3095- DCA-2018, disponiéndose el archivo de obrados. Providenciando al otrosí del memorial de fs. 543 de obrados Al otrosí 1°.- Se tiene presente la aceptación del desistimiento de la acción y derecho que formularon los demandantes, y al no haberse dispuesto ninguna medida precautoria, no corresponde emitir pronunciamiento alguno sobre el particular. Al otrosí 2°.- Por ratificado el domicilio procesal. Regístrese, notifíquese y archívese.- Fdo. Rufo N. Vásquez Mercado Magistrado Sala Segunda
Gregorio Aro Rasguido Magistrado Sala Segunda
© Tribunal Agroambiental 2022
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