I. Antecedentes de la demanda de nulidad de Título Ejecutorial.-
De la revisión del Auto de Admisión de demanda de nulidad de Título Ejecutorial cursante de fs. 86 a 87 de obrados, se advierte que el mismo fue admitido el 29 de agosto de 2019.
De fs. 134 a 138 vta. de obrados, cursa memorial de contestación a la demanda presentado por la demandada María Eva Cortez Guerrero, misma que fue corrida en traslado mediante decreto de 29 de octubre de 2019, cursante a fs. 317 de obrados para efectos de la réplica.
De fs. 279 a 283 vta. de obrados, cursa memorial de contestación a la demanda presentada por Félix Zevedeo Cortez Guerrero, Domitila Cortez Guerrero de Bejarano y Zoila Valeria Cortez Guerrero de Ordoñez, el cual mereció el decreto de 14 de noviembre de 2019, cursante a fs. 365 y vta. de obrados, corriéndose en traslado a la parte actora para efectos de la réplica.
De fs. 413 a 415 vta. de obrados, cursa memorial de contestación presentado por los codemandados Francisco Burgos López y Francisca Bárbara Bamba Gutiérrez de Burgos, misma que mediante decreto de 06 de febrero de 2020, cursante a fs. 448 de obrados, mutando el proveído de 25 de noviembre de 2019 de fs. 418 de obrados, tiene por apersonados a los mismos.
A fs. 451 y vta. de obrados, cursa memorial de desistimiento de demanda presentado por los codemandantes Estela Cortez Beites y Jorge Luis Cortez Beites, el cual se corrió en traslado a la parte demandada a través del decreto de 09 de marzo de 2020, cursante a fs. 453 de obrados, siendo este último actuado procesal con el que fue notificado la parte actora, el 12 de marzo de 2020, conforme se tiene por la diligencia de notificación cursante a fs. 454 de obrados, sin que hasta el presente haya movido el trámite de puro derecho instaurado ante esta instancia jurisdiccional, habiendo incurrido en lo que la doctrina llama "inactividad procesal"